Acusan que Chile tolera el trabajo forzado en sectores exportadores de salmón y fruta: Fundación Libera ingresa denuncia ante organismo comercial de EE.UU.

El Ciudadano

Fundación Libera denuncia ante el organismo comercial de EE.UU. que Chile tolera el trabajo forzado en sus sectores exportadores de salmón y fruta

Fundación Libera contra la Trata de Personas y la Esclavitud en Todas sus Formas –miembro del comité directivo de la Plataforma Chilena de la Sociedad Civil sobre Derechos Humanos y Empresas– presentó el pasado 15 de abril comentarios formales ante la Representación Comercial de los Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés), en el marco de la investigación abierta en virtud de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que examina si 60 economías —entre ellas Chile— han omitido establecer y aplicar efectivamente una prohibición a la importación de bienes producidos con trabajo forzado.

El documento acredita la presencia de los once indicadores de trabajo forzado reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en dos sectores exportadores clave de la economía chilena: la agricultura —especialmente la producción de arándanos, mandarinas y clementinas para exportación— y la industria del salmón.

Trabajadores en condiciones de explotación

En el sector agrícola, el informe documenta que las víctimas son predominantemente migrantes venezolanos, haitianos y bolivianos que llegan al país en situación irregular, lo que condiciona su regularización legal al mantenimiento del empleo. Libera acredita condiciones sistemáticas de engaño en la contratación, aislamiento en predios remotos sin acceso a servicios básicos, restricción de movimiento, retención de salarios y deducciones ilegítimas, jornadas de diez a doce horas diarias seis días a la semana sin pago de horas extra, violencia física por parte de contratistas, amenazas de denuncia a las autoridades migratorias como mecanismo de control, y condiciones de alojamiento hacinadas e insalubres.

En la industria del salmón, Libera, junto al Centro Ecoceanos, han documentado 83 muertes de trabajadores verificables entre 2013 y 2026, producto de las subestándar y letales condiciones laborales, las que incluyen inmersiones en violación de los límites de profundidad y tiempo, ausencia de botellas de aire de emergencia, falta de mantenimiento de compresores, denegación sistemática de traslado oportuno a cámaras hiperbáricas ante accidentes graves, y falsificación de registros de buceo. A esto se suman listas negras contra trabajadores que intentan reclamar, y colusión entre empresas salmoneras y mutualidades de seguros para negar el reconocimiento de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Una brecha de aplicación estructural

El informe identifica tres factores estructurales que profundizan el riesgo: la concentración vertical de la propiedad en ambos sectores, los regímenes de subcontratación que funcionan como cortafuegos para las empresas principales eludiendo responsabilidades laborales, y una cultura empresarial que, según el Board Trendings Report 2023 —elaborado a partir de encuestas a directores de 369 empresas chilenas—, solo responde al temor a sanciones como principal impulsor del cambio.

En materia regulatoria, Libera advierte que Chile no ha tipificado el trabajo forzado como delito autónomo, contemplándolo únicamente como finalidad del delito de trata de personas. El resultado: en los quince años de vigencia de la Ley 20.507, solo un promedio de dos casos de trata laboral es formalizado por año ante el Ministerio Público, en un país donde el Índice Global de Esclavitud estima en 61.000 las personas en situación de esclavitud moderna. Durante el período 2021–2023, no hubo una sola solicitud del Ministerio Público para activar procedimientos de inspección destinados a detectar trabajo forzado a través de la Dirección del Trabajo.

La posición del gobierno chileno y la mirada internacional

La embajada chilena en Washington también presentó comentarios ante la USTR en el mismo expediente, firmados por Juan Pablo Espinoza, Chargé d’affaires, buscando dejar bien posicionado al país frente a la investigación. El documento destaca la ratificación por parte de Chile de los principales convenios de la OIT en materia de trabajo forzado —incluyendo el Convenio 29 y su Protocolo de 2014—, la presidencia de la Alianza 8.7, la creación de la Comisión Asesora Ministerial para la Erradicación del Trabajo Forzado (CAMTRAFOR) y la aprobación del primer Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzado (PANTRAFOR). En su conclusión, el gobierno chileno señala que está evaluando mecanismos específicos para implementar prohibiciones a la importación de bienes producidos con trabajo forzado, y afirma que ni el gobierno ni las empresas chilenas incurren en conductas que puedan calificarse como irrazonables o discriminatorias en los términos de la Sección 301.

Sin embargo, el escenario regulatorio que rodea a Chile es más exigente. La organización internacional Verité, especializada en auditorías de cadenas de suministro y cumplimiento laboral, presentó igualmente comentarios ante la USTR haciendo eco de las preocupaciones recogidas en el Informe Nacional de Estimación Comercial 2026 del propio organismo estadounidense. Ese informe señala expresamente que Estados Unidos tiene reparos respecto de la legislación chilena en materia de derechos laborales reconocidos internacionalmente, en particular sobre libertad de asociación y negociación colectiva, así como sobre la aplicación efectiva de la legislación laboral. El informe constata además que Chile carece de una prohibición de importación de bienes producidos con trabajo forzado o compulsorio, lo que permite que dichos bienes ingresen al mercado chileno y compitan en él, y que esta combinación de factores puede suprimir artificialmente los costos laborales, otorgando a ciertos bienes y servicios provenientes de Chile una ventaja injusta.

Recomendaciones al Comité de la Sección 301

Libera instó al Comité de la Sección 301 a considerar siete medidas concretas respecto de Chile: la tipificación del trabajo forzado como delito autónomo conforme a estándares internacionales; el fortalecimiento de la legislación laboral sectorial en agricultura y acuicultura; la adopción de una prohibición nacional de importación de bienes producidos con trabajo forzado, análoga a la Sección 307 de la Ley Arancelaria estadounidense; la eliminación de restricciones a la libertad sindical y la negociación colectiva; el fortalecimiento de los mecanismos de inspección y cumplimiento laboral; la incorporación de mecanismos vinculantes de monitoreo y transparencia en los capítulos laborales de acuerdos comerciales; y la inclusión de organizaciones de la sociedad civil y víctimas en el diseño e implementación de la política pública.

Carolina Rudnick, presidenta de Libera, señaló en una columna publicada en El Mostrador que las investigaciones del USTR «han logrado situar el concepto en el debate público y poner de manifiesto las deficiencias de los países en la materia», y advirtió que Chile enfrenta esta instancia «con un régimen jurídico débil, fiscalización superficial y un historial de registros serios y coherentes de trabajo forzado en sectores claves de la economía». «No habrá seguridad ni crecimiento si permitimos que coexistan seres humanos bajo sistemas diferenciados de protección jurídica. Esto es una emergencia», afirmó.

Los comentarios están disponibles públicamente en el portal de la USTR (https://comments.ustr.gov/s/) y puedes acceder al informe de Libera directamente aquí.

La entrada Acusan que Chile tolera el trabajo forzado en sectores exportadores de salmón y fruta: Fundación Libera ingresa denuncia ante organismo comercial de EE.UU. se publicó primero en El Ciudadano.

Abril 25, 2026 • 2 horas atrás por: ElCiudadano.cl 69 visitas 2029337

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