Archivada la causa contra dos ertzainas por uso de material antidisturbios en los Carnavales de Tolosa de 2024

El informe policial remitido a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa sobre el incidente en los Carnavales de Tolosa en febrero de 2024 precisó que el proyectil de foam que provocó una lesión ocular al menor Xuhar Pazos no se dirigió originalmente contra él, sino hacia otra persona que presuntamente se disponía a arrojar una botella contra los agentes de la Ertzaintza. Según consignó el medio que hizo público el informe, el proyectil desvió su trayectoria tras impactar primero sobre el brazo del supuesto agresor antes de alcanzar al joven, quien permanecía junto al grupo que generó los disturbios. A partir de esta evidencia, el órgano judicial resolvió que la lesión se originó por una circunstancia accidental y determinó que no existió una conducta negligente ni desproporcionada por parte de los dos ertzainas involucrados, lo que llevó al archivo definitivo del proceso penal abierto en su contra.

De acuerdo con la información publicada por el sindicato policial Euspel, el Juzgado de Instrucción número 1 de Tolosa decretó el sobreseimiento libre en favor de los agentes implicados en los hechos ocurridos durante la citada festividad local. El medio citó que la decisión siguió a las diligencias ordenadas por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que incluyeron la declaración de los agentes y la recopilación de pruebas sobre la intervención policial la noche del 12 de febrero, tras una pelea en un bar del municipio.

La investigación judicial concluyó, según detalló la cobertura mediática, que los funcionarios de la Brigada Móvil de la Ertzaintza actuaron conforme a los protocolos establecidos en operativos de este tipo, justificando el uso de proyectiles de foam para contener ataques directos y reiterados dirigidos contra los policías. El informe policial enviado en febrero explicó que la actuación se encuadró dentro de los principios de uso progresivo y proporcionado de la fuerza, respetando distancias mínimas y siguiendo la secuencia operativa prevista en la normativa para el empleo de material antidisturbios.

El archivo de la causa se acordó tras valorar la declaración de Xuhar Pazos, quien presentó denuncia a través de su familia luego de haber sufrido una lesión grave y pérdida de visión a raíz del impacto. La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ordenó en septiembre la reapertura del procedimiento, lo que llevó a una nueva revisión de los hechos a cargo de un juez diferente al que había decretado previamente el archivo. En esta ocasión, el menor declaró en sede judicial acompañado por su abogado y en presencia de los representantes legales de la Ertzaintza, extendiendo su declaración aproximadamente veinte minutos, según reportó Euspel y otras fuentes citadas en la prensa.

El órgano judicial revisó el conjunto de las pruebas y testimonios recabados, concluyendo que el impacto que recibió Xuhar Pazos respondió a una situación fortuita. En este sentido, el juzgado descartó la existencia de imprudencia, abuso o uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes. Según enfatizó el sindicato Euspel, el archivo recalca que la intervención policial fue indispensable para afrontar la situación de riesgo generada por el grupo que arrojaba objetos contundentes, y que se empleó “el medio menos lesivo posible” para neutralizar la amenaza y restablecer el orden público.

La resolución judicial deja constancia de que los ertzainas investigados actuaron “conforme a la ley y de forma proporcional”, conforme recogió el medio que accedió al auto. El caso se cierra así después de un proceso en que las decisiones judiciales oscilaron entre la apertura, el archivo, la reapertura y la revisión final del sumario, siempre bajo el objetivo de esclarecer si la utilización de proyectiles de foam se ajustó o no a los protocolos de seguridad y si se podía atribuir o no una responsabilidad directa en el daño sufrido por el menor.

Durante los hechos, ocurridos el 12 de febrero de 2024, la Ertzaintza intervino en respuesta a una pelea iniciada en un bar, donde los agentes recibieron el lanzamiento de objetos contundentes por parte de un grupo de personas, entre quienes figuraban los denunciantes. Según el relato recogido por los informes policiales y judiciales, la utilización de material antidisturbios resultó una reacción ante ataques concretos hacia el personal policial y, conforme a los datos recopilados en la investigación, el uso de la fuerza siguió los parámetros reglamentarios establecidos.

“Frente a los violentos, a quienes agreden a los agentes y atacan el orden público, seguiremos apoyando sin medias tintas, sin equidistancias y sin complejos a los policías”, manifestó el sindicato Euspel mediante un comunicado posterior a la decisión, al tiempo que reiteró su respaldo a la labor de la Ertzaintza.

La recopilación de pruebas incluyó tanto testimonios de los implicados como documentación técnica sobre la operativa policial y los informes médicos sobre la lesión ocular sufrida por el menor. De acuerdo con la información difundida por los medios y el sindicato, la decisión judicial respalda la actuación de los agentes y resalta el carácter imprevisible del accidente, concretando así el cierre definitivo de la causa contra los dos ertzainas por los hechos sucedidos en los Carnavales de Tolosa en el año 2024.

Diciembre 13, 2025 • 1 día atrás por: Infobae.com 7 visitas

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