El Ciudadano
La aprobación en general del proyecto que regula la suspensión y el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad volvió a poner sobre la mesa una discusión que Chile ha enfrentado más de una vez desde el retorno a la democracia. Con una votación estrechísima —23 votos a favor y 22 en contra— el Senado dio luz verde a una iniciativa impulsada por parlamentarios de derecha que abre la posibilidad de que ciertas condenas puedan cumplirse bajo modalidades alternativas, como el arresto domiciliario.
En términos legales, la propuesta modifica el régimen de cumplimiento de penas. Sin embargo, el debate que generó está lejos de ser meramente técnico. La razón es simple: entre las personas que eventualmente podrían verse beneficiadas por este tipo de mecanismos hay condenados por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.
Ese punto explica por qué la discusión rápidamente desbordó el ámbito penitenciario. En Chile, las condenas por crímenes de la dictadura no fueron inmediatas ni fáciles. Por el contrario, el proceso judicial que permitió investigar y sancionar esos delitos tardó, y tarda, décadas en consolidarse.
Durante muchos años, las causas por secuestros, torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones políticas avanzaron lentamente en los tribunales. Fue recién hacia fines de los años noventa y comienzos de los dos mil cuando empezaron a dictarse sentencias firmes contra ex agentes del aparato represivo.
Ese avance no ocurrió de manera espontánea. Fue el resultado de un trabajo persistente de familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos y abogados que durante décadas insistieron en la necesidad de investigar lo ocurrido durante la dictadura. También fue posible gracias a jueces que, con el tiempo, comenzaron a abrir causas que durante años habían permanecido prácticamente paralizadas.
En los últimos días, la discusión sumó además una advertencia que amplificó las críticas al proyecto. El exfiscal Carlos Gajardo sostuvo que la iniciativa podría terminar operando como una suerte de “ley de punto final encubierta”, al permitir que personas condenadas por distintos delitos cumplan sus penas en sus domicilios bajo determinados criterios de salud.
Según explicó, el problema no radica únicamente en la edad de los condenados, sino en que el texto aprobado en general permitiría solicitar el beneficio por la existencia de enfermedades crónicas que no puedan ser tratadas adecuadamente en prisión. Bajo esa lógica, el alcance de la norma podría extenderse mucho más allá de los casos asociados a violaciones a los derechos humanos, abriendo la puerta a que personas condenadas por delitos graves —incluidos homicidios o abusos sexuales— soliciten cumplir sus penas fuera de la cárcel.
Por eso, cada vez que se discuten cambios en el cumplimiento de las penas para este tipo de delitos, el debate inevitablemente adquiere una dimensión política más profunda.

Uno de los casos que suele aparecer cuando se habla de condenas por violaciones a los derechos humanos es el de Miguel Krassnoff Martchenko, ex agente de la Dirección de Inteligencia Nacional. Krassnoff acumula numerosas sentencias por secuestros, torturas y desapariciones cometidas en centros clandestinos de detención durante la dictadura, como Londres 38, Cuatro Álamos y Villa Grimaldi, .
Mencionar nombres como el suyo permite entender la dimensión del debate. Cuando se habla de eventuales beneficios penitenciarios, no se trata únicamente de delitos comunes. Se trata de crímenes que el derecho internacional reconoce como crímenes de lesa humanidad.
Esta categoría jurídica existe precisamente porque ciertos delitos no pueden analizarse únicamente desde la lógica penal tradicional. La desaparición forzada, la tortura o las ejecuciones extrajudiciales son considerados ataques contra la humanidad misma cuando se cometen desde el aparato estatal.
Por esa razón, a lo largo de las últimas décadas, tribunales internacionales y organismos de derechos humanos han insistido en que estos crímenes deben ser investigados, juzgados y sancionados de manera efectiva.
La discusión actual también ocurre en un contexto particular. En los últimos años, el Estado chileno ha intentado fortalecer políticas orientadas a la memoria y la verdad, especialmente en relación con las víctimas de la dictadura.
Un ejemplo de ello es el Plan Nacional de Búsqueda de personas detenidas desaparecidas, una iniciativa que busca esclarecer el destino de quienes fueron víctimas de desaparición forzada durante el régimen militar.
Por eso, para muchos observadores, el debate legislativo sobre la flexibilización del cumplimiento de penas aparece como una señal contradictoria. Mientras por un lado se intenta avanzar en verdad y memoria, por otro surge una iniciativa que podría terminar beneficiando a algunos de los responsables de esos mismos crímenes.
Quienes respaldan el proyecto suelen argumentar que la discusión responde a razones humanitarias, vinculadas principalmente a la edad avanzada o al estado de salud de algunas personas privadas de libertad. Sin embargo, para quienes critican la iniciativa, el problema radica en el mensaje político que transmite.
Las víctimas y sus familias han esperado décadas para que la justicia establezca responsabilidades. En muchos casos, incluso hoy, siguen sin conocerse plenamente las circunstancias de los crímenes ni el destino final de las personas detenidas desaparecidas.

La controversia revela que el consenso democrático en torno a los crímenes de la dictadura sigue siendo un terreno sensible.
Las democracias no se sostienen únicamente sobre instituciones y procesos electorales. También se apoyan en acuerdos éticos fundamentales sobre aquello que una sociedad decide no repetir.
En Chile, ese compromiso se expresó durante años en la búsqueda de verdad, justicia y memoria impulsada por familiares de víctimas y organizaciones de derechos humanos. Gracias a esa persistencia, el país logró avanzar —aunque tardíamente— en el juzgamiento de crímenes cometidos desde el aparato del Estado.
Por eso el debate actual trasciende el ámbito legislativo. Lo que se discute no es solo cómo se cumplen ciertas condenas, sino qué significado tiene hoy la memoria democrática.
Porque la memoria no es únicamente una mirada hacia el pasado. Es también una decisión sobre el futuro y sobre los límites que una sociedad está dispuesta a defender para que ciertas violaciones nunca vuelvan a repetirse.
En el fondo, esto no es una discusión sobre tobillera o domicilio. Es una discusión sobre el valor de la justicia cuando incomoda, sobre si el Estado se atreve a sostener sus propias condenas o si, con el paso del tiempo, empieza a negociar el “nunca más”. Porque cuando se abren atajos para criminales de la dictadura, lo que se flexibiliza no es solo una pena: se flexibiliza el piso ético de la democracia.
La entrada Chile avanza en verdad, la derecha retrocede en justicia: el proyecto que abre atajos para criminales de la dictadura se publicó primero en El Ciudadano.
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