Ciudadanas de segunda clase

No exagero cuando sostengo que desde la creación en 1990 de la institucionalidad dedicada a la promoción de los derechos humanos de las mujeres, ha jugado un rol trascendental e insustituible en la generación de políticas públicas y legislación que ha permitido disminuir las brechas de género, mejorando la calidad de vida de millones de mujeres.

Las reformas legales promovidas por el entonces Servicio, actual Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, dieron paso a la primera normativa que abordó la violencia intrafamiliar (1994); la eliminación de la discriminación legal entre hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio (1998); la modificación constitucional que garantizó la igualdad entre hombres y mujeres (1999); el divorcio (2004); el acoso sexual en el trabajo (2004); la reforma previsional que introdujo el “bono por hijo nacido vivo” para reconocer el aporte de la maternidad en las pensiones (2008); la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres por trabajo de igual valor (2009); la penalización del femicidio (2010); la extensión del posnatal a 6 meses (2011); la creación del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género (2015); la modificación del sistema electoral para incluir un criterio de paridad en las candidaturas (2015); la despenalización del aborto en 3 causales (2017); la inclusión del pololeo en el femicidio (2020); la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (o mejor conocidos como “papitos corazón”-2021), y la ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (2024), por mencionar algunos.

Estas leyes no son un listado vacío; representan mucho más para las mujeres víctimas de violencia doméstica, quienes encontraron respuestas en tribunales, protección para sus hijos y la posibilidad de divorciarse de sus agresores. Mismos niños que ya no conocerán la discriminación por la existencia o no de un matrimonio entre sus padres y que ahora pueden beneficiarse en su más temprana infancia de la compañía y cuidado de sus madres hasta los 6 meses. Mujeres que pueden reclamar en caso de ser víctimas de acoso sexual. Niñas víctimas de violación que ahora pueden escoger cómo, dentro de la tragedia que viven, quieren enfrentar su embarazo.

Este devenir contrasta tristemente con mociones parlamentarias que buscan sancionar a las mujeres que denuncian violencia y que sus casos no pueden ser acreditados o que quieren obligarlas a escuchar los latidos fetales como un requisito previo a acceder al aborto en las tres causales. Ambos proyectos comparten que su motivación no es el bienestar de las mujeres o la superación de un problema de discriminación y que no cuentan con evidencia que los justifique. Es urgente que la institucionalidad pública coloque los derechos de las mujeres, sus voces y necesidades en el centro del debate, pues el vacío de proyectos de ley y políticas públicas se está llenando de acciones que operan abiertamente en su perjuicio. Después de todo, nadie quiere que las mujeres sean, como lo llamaron Los Prisioneros, “ciudadanas de segunda clase, sin privilegio y sin honor”.

Por Claudia Sarmiento, Socia Sarmiento, Walker y García Abogados

Julio 22, 2026 • 1 hora atrás por: LaTercera.com 32 visitas 2313417

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