Concejal Argandoña recurre a Contraloría y acusa ilegalidad en nombramiento de Tomás Fuentes como Dideco en Ñuñoa

 

El concejal de Ñuñoa Andrés Argandoña solicitó formalmente a la Contraloría General de la República pronunciarse sobre la legalidad del nombramiento de Tomás Andrés Fuentes Barros como director de Desarrollo Comunitario (Dideco) de la municipalidad, cargo al que fue designado por el alcalde Sebastián Sichel mediante el Decreto Alcaldicio N° 299/2026.

La presentación sostiene que el funcionario mantiene pendiente el cumplimiento de una pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público, impuesta en una sentencia judicial ejecutoriada en 2025 por conducir en estado de ebriedad.

Condena judicial y sanciones

De acuerdo con los antecedentes enviados a Contraloría, el 4° Juzgado de Garantía de Santiago dictó el 25 de marzo de 2025 una sentencia condenatoria contra Fuentes en la causa RIT 769-2025 por el delito de conducción en estado de ebriedad.

La sentencia impuso las siguientes sanciones:

  • 41 días de prisión en su grado máximo
  • Multa equivalente a un tercio de una UTM
  • Suspensión de cargo u oficio público durante 41 días
  • Suspensión de la licencia de conducir por dos años

El tribunal concedió además la pena sustitutiva de remisión condicional, quedando Fuentes bajo control de Gendarmería durante un año.

Según el escrito del concejal Argandoña, el funcionario no cumplió la suspensión de cargo público, ya que continuó ejerciendo como administrador municipal de Ñuñoa durante todo el período en que la sanción debía aplicarse, entre el 25 de marzo y el 4 de mayo de 2025, e incluso durante los meses posteriores.

Recurso judicial y conocimiento de la sanción

La presentación sostiene que Fuentes tenía pleno conocimiento de la pena accesoria, ya que el 7 de abril de 2025 interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago para impugnar la vigencia de la suspensión.

El recurso fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones y posteriormente confirmado por la Corte Suprema el 15 de abril de 2025.

Renuncia y nuevo nombramiento en el municipio

La controversia se intensificó en marzo de 2026. Tras hacerse pública la situación judicial, un grupo de concejales solicitó convocar a una sesión extraordinaria del concejo municipal para tratar la eventual remoción de Fuentes.

Ese mismo día, el 4 de marzo de 2026, el alcalde Sichel dictó el Decreto N° 294, aceptando la renuncia voluntaria de Fuentes al cargo de administrador municipal.

Al día siguiente, el 5 de marzo, el alcalde firmó el Decreto N° 299/2026, mediante el cual nombró al mismo funcionario como director de Desarrollo Comunitario, cargo directivo de exclusiva confianza. El decreto estableció además efectos retroactivos desde el 4 de marzo, es decir, desde el mismo día en que se aceptó su renuncia al cargo anterior.

El documento indica que el funcionario debía asumir de inmediato por razones de buen servicio, incluso antes de la total tramitación del decreto, y dispuso el pago de remuneraciones desde esa misma fecha.

Debate sobre la legalidad del nombramiento

El expediente de nombramiento incluyó un certificado de antecedentes del Registro Civil que consignaba “sin antecedentes” y una declaración jurada de Fuentes en la que señalaba no estar inhabilitado para ejercer cargos públicos.

Según la presentación ante Contraloría, la ausencia de antecedentes en el certificado se explicaría porque la ley permite omitir la anotación cuando se aplica una pena sustitutiva, aunque ello no extingue la condena ni las penas accesorias.

El concejal sostiene que, al existir una pena accesoria pendiente, el funcionario se encontraría afecto a una inhabilidad para ejercer cargos públicos, lo que podría volver ilegal el nombramiento.

Solicitudes a Contraloría

En su presentación, Argandoña solicitó al organismo fiscalizador:

  • Determinar si el decreto de nombramiento es contrario a derecho.
  • Ordenar la invalidación del decreto si se confirma la ilegalidad.
  • Determinar si la pena accesoria de suspensión de cargo sigue vigente.
  • Instruir un sumario administrativo para determinar responsabilidades.
  • Evaluar la eventual remisión de antecedentes al Ministerio Público.

El concejal argumenta que la secuencia de hechos —renuncia al cargo, rechazo de la sesión extraordinaria para su remoción y nombramiento inmediato en otra función— podría configurar una maniobra para eludir el control del concejo municipal.

La Contraloría deberá ahora analizar los antecedentes y determinar si el nombramiento del nuevo director de Desarrollo Comunitario de Ñuñoa se ajusta o no a la normativa vigente.

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Marzo 6, 2026 • 6 horas atrás por: ElPeriodista.cl 32 visitas 1854412

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