El tribunal provincial determinó que el condenado no podrá acercarse a la víctima ni comunicarse con ella durante ocho años, en tanto que la pena de prisión se fijó en cinco años. Además, deberá abonar una indemnización de 30.000 euros en concepto de daños morales ocasionados a la joven. Estas medidas surgen tras comprobarse que el acusado abusó sexualmente de una menor de 17 años en la localidad de Vélez, en Málaga, mientras ella permanecía dormida durante el periodo de restricciones por el covid. Según reportó Europa Press, la Audiencia Provincial de Málaga dictó una sentencia firme contra el acusado tras contar con la conformidad tanto de la acusación pública como de la particular y de la propia defensa, lo que hizo innecesaria la continuación del juicio.
La resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press, establece que los hechos ocurrieron en marzo de 2021, momento en que la ciudad enfrentaba las limitaciones y medidas preventivas derivadas de la pandemia. Tanto la víctima como el responsable del delito se conocieron esa misma noche a través de conocidos en común. La agresión se produjo en la vivienda del acusado, lugar en el que ambos se quedaron a solas tras el inicio del toque de queda decretado por la pandemia.
El fallo de la sala resalta que el acusado se aprovechó de la situación derivada del toque de queda, lo que facilitó que ambos permanecieran en el interior del domicilio. La sentencia detalla que el hombre actuó al detectar que la menor estaba profundamente dormida y que llevó a cabo la agresión sexual sin que constara ningún tipo de consentimiento por parte de la joven.
Europa Press informó que fue mientras se encontraba todavía bajo el impacto de lo sucedido cuando la menor despertó, recogió sus pertenencias y abandonó el domicilio para buscar ayuda. Dicha experiencia, según los hechos probados, desencadenó importantes afecciones psicológicas en la víctima, tales como alteraciones en el sueño, disminución en la vida social y pensamientos recurrentes ligados al episodio que sufrió.
De acuerdo con la sentencia reseñada por Europa Press, el acusado, además del tiempo en prisión, tendrá que afrontar la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia menor de 500 metros, así como a comunicarse directamente o por cualquier medio durante el periodo establecido. También se le impuso una medida de libertad vigilada por ocho años, la misma duración que la prohibición de contacto.
El dictamen añade que la víctima debe recibir una compensación económica por los daños morales sufridos a raíz del delito. Las secuelas identificadas por el tribunal como consecuencia de la agresión sexual incluyen la dificultad para dormir y mantener el sueño, una clara reducción de sus relaciones interpersonales y la persistencia de pensamientos intrusivos relacionados con el suceso.
Europa Press consignó que tanto el procesado como su defensa aceptaron la acusación presentada y las penas solicitadas, lo que llevó a que el tribunal declarara la sentencia firme de manera inmediata, cerrando así el proceso judicial sin necesidad de una vista adicional.
La decisión del tribunal provincial incorpora la evaluación de la situación especial impuesta por el toque de queda originado por la pandemia de covid, señalando que dicha circunstancia facilitó el aislamiento de la menor y el delito cometido. Además, el dictamen judicial determina que durante ningún momento existió consentimiento de la víctima hacia los actos cometidos por el acusado.
Con esta sentencia, la Audiencia de Málaga fija medidas que buscan salvaguardar la integridad física y emocional de la afectada, así como clarificar la responsabilidad civil y penal del condenado. El caso refleja las consideraciones legales adoptadas durante la vigencia de las restricciones por la crisis sanitaria y subraya el reconocimiento del impacto psicológico de la agresión en la víctima, según publicó Europa Press.
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