
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un varón de 38 años de edad a ocho años de prisión por un delito de agresión sexual supuestamente cometido sobre su exmujer tras atarle las manos a la espalda con una brida y al cuello un cinturón de albornoz, todo ello en casa de ella en la capital cordobesa.
Según recoge la resolución, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirma la sentencia de la Audiencia de Córdoba, aunque cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
En concreto, se da por probado que sobre las 21 horas del día 17 de junio de 2019, el acusado acudió al domicilio de su expareja sentimental para cenar y estar con su hijo menor, que tenían en común. Al terminar, ella se llevó al niño a dormir a la habitación, acudiendo el procesado que se tumbó con ellos.
Sobre las 23,30 horas, aprovechándose de que su hijo estaba soñoliento y empezó a dormirse, "con ánimo lúbrico", presuntamente le realizó tocamientos, aunque la mujer manifestó desde el inicio que no quería nada con él. No obstante, "siguió un buen rato así hasta que el niño se durmió".
Acto seguido, el acusado, "que no iba a dejarla tranquila, la levantó de las manos y le dijo que quería tener relaciones sexuales con ella". Ante su negativa, "insistió de manera persistente y le dijo que sólo sería un rato", tras lo cual, después de "atarle las manos a la espalda usando una brida de plástico que fijó a sus muñecas" y "atarle al cuello un cinturón de albornoz", cometió el delito, "creando una situación de desasosiego en la víctima, que hizo que dejara de reaccionar".
En este caso, los jueces apuntan que "los hechos narrados fueron cometidos por el acusado mientras ella permanecía con las manos a la espalda sujetas por la brida". "Cuando consiguió soltarse, aprovechó que el acusado estaba en la ducha y salió de la vivienda para pedir auxilio a una vecina", según se detalla, a lo que se añade que como consecuencia de tales hechos, la mujer sufrió distintas lesiones.
Además de la pena de prisión, el procesado ha sido condenado a una orden de alejamiento sobre la expareja durante nueve años, libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, por el tiempo de cinco años y el pago de una indemnización de 10.000 euros por los daños morales inferidos a consecuencia de la violencia sexual ejercida sobre ella.
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