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Condenan a otros 12 años de cárcel a Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza por crimen de miristas

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas dictadas en el proceso por el secuestro calificado y aplicación de torturas contra Cristian Mallol Comandari y Héctor González Osorio, hechos ocurridos entre diciembre de 1974 y septiembre de 1975 a manos de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional.

El tribunal de alzada ratificó las penas de 12 años de presidio mayor en su grado medio contra los ex brigadieres del Ejército y miembros de la DINA Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza, en calidad de autores de los delitos. Asimismo, confirmó la condena de siete años de presidio contra el ex sargento de Carabineros José Aravena Ruiz, como autor del secuestro calificado de Mallol.

La resolución confirma el fallo dictado en septiembre de 2025 por la ministra en visita Paola Plaza Plaza, en el marco de causas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

La abogada querellante Carolina Vega valoró la sentencia, señalando que “después de décadas de impunidad, por fin se ratifica la condena contra los responsables de torturas brutales”, agregando que el fallo representa un avance en la reparación de las víctimas y sus familias.

Actualmente, los condenados cumplen penas por otros crímenes de lesa humanidad en el ex penal de Punta Peuco. En el caso de Krassnoff, acumula más de mil años de condena por diversas violaciones a los derechos humanos, mientras que Espinoza también registra múltiples sentencias por su rol como ex subdirector de Inteligencia de la DINA y jefe del centro de detención clandestino Villa Grimaldi.

Detenciones, torturas y montaje comunicacional

De acuerdo con la investigación, ambas víctimas fueron detenidas en diciembre de 1974 y sometidas a torturas en distintos recintos clandestinos de la DINA. Mallol permaneció privado de libertad cerca de dos años, siendo liberado en noviembre de 1976, mientras que González recuperó su libertad tras nueve meses de detención.

La sentencia también recoge antecedentes sobre la denominada operación “Conferencia de Prensa”, realizada el 20 de febrero de 1975, en la que ambos, junto a otros dirigentes del MIR, fueron obligados a participar mientras permanecían detenidos en Villa Grimaldi.

En dicha instancia, bajo coerción, debieron difundir un listado falso de militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario supuestamente muertos, detenidos o exiliados, con el objetivo de instalar la idea de la derrota de la organización. Con el tiempo, se acreditó que se trató de un montaje, ya que los participantes actuaron bajo tortura.

Esta operación formó parte de un plan mayor vinculado a la Operación Colombo, mediante el cual 119 connacionales fueron hechos aparecer como fallecidos en el extranjero, pese a encontrarse detenidos en Chile.

Según el Informe Rettig, estas acciones constituyeron montajes de inteligencia que utilizaron a las propias víctimas para difundir información falsa.

Los antecedentes del caso detallan que Mallol fue detenido en Ñuñoa, herido a bala y trasladado a Villa Grimaldi, donde fue sometido a torturas pese a su estado crítico. Posteriormente, fue derivado a otros centros de detención antes de ser liberado y exiliarse en Francia.

Por su parte, González fue detenido en el centro de Santiago, trasladado a Villa Grimaldi y sometido a múltiples sesiones de tortura, incluyendo aplicación de electricidad y otros apremios físicos. Tras varios meses de cautiverio, fue liberado bajo la condición de abandonar el país, partiendo finalmente al exilio en España.

La entrada Condenan a otros 12 años de cárcel a Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza por crimen de miristas se publicó primero en El Periodista.

Abril 14, 2026 • 3 horas atrás por: ElPeriodista.cl 39 visitas 1992040

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