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Conmutación de penas a mayores: en qué consiste polémico proyecto que beneficiaría a presos por causas de DDHH

El Senado aprobó durante el pasado miércoles, por un estrecho margen de 23 votos a favor y 22 en contra, el proyecto de ley que regula la suspensión y el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad, una iniciativa que ha generado fuerte controversia debido a que podría beneficiar a condenados por graves delitos, incluidos crímenes de lesa humanidad.

La propuesta —presentada por los senadores Francisco Chahuán (RN), Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Alejandro Kusanovic (ind.) y Carlos Kuschel (RN)— se encuentra en su primer trámite constitucional y ahora continuará su discusión con la posibilidad de presentar indicaciones antes de su votación en particular.

Aunque la discusión en la Cámara Alta estuvo marcada por fuertes críticas desde el oficialismo, el foco del debate ha estado en los alcances del proyecto y quiénes podrían acceder al beneficio.

Qué plantea el proyecto

La iniciativa establece un marco legal para que, en determinadas circunstancias, las penas de cárcel puedan cumplirse bajo modalidades alternativas, principalmente mediante reclusión domiciliaria total. Esto significa que el condenado podría cumplir el resto de su pena en su domicilio, permaneciendo allí las 24 horas del día, bajo supervisión judicial.

El proyecto fija además algunos principios generales para el cumplimiento de las penas y establece que el domicilio en que se cumpla la condena no puede ser el lugar donde resida la víctima del delito.

En qué casos podría aplicarse

El texto contempla varios escenarios en los que un tribunal podría autorizar el cumplimiento alternativo de la pena:

  • Personas con enfermedades graves o crónicas cuando la privación de libertad impida recibir un tratamiento adecuado.

  • Enfermos terminales, cuando la permanencia en un recinto penitenciario no sea compatible con su estado de salud.

  • Personas con discapacidad, cuando el encarcelamiento implique condiciones consideradas indignas o inhumanas.

  • Personas de avanzada edad, cuando la suma entre su edad actual y el tiempo que han permanecido en prisión alcance los 80 años, siempre que tengan al menos 70 años de edad real.

Uno de los puntos más polémicos del proyecto es que no distingue entre tipos de delito, lo que abre la posibilidad de que personas condenadas por crímenes graves puedan solicitar el beneficio si cumplen los requisitos establecidos.

Por qué ha generado controversia

Desde el Gobierno y sectores oficialistas se ha advertido que la norma podría permitir que condenados por violaciones a los derechos humanos, incluidos internos del penal de Punta Peuco como Miguel Krassnoff, exagente de la DINA, soliciten el cumplimiento de sus penas en sus domicilios.

También se ha planteado que la medida podría aplicarse a condenados por delitos graves como homicidio, violación o femicidio, si cumplen con los criterios de edad o salud contemplados en la iniciativa. En esa lista entran criminales como Hugo Bustamante, asesino de Ámbar Cornejo; Julio Pérez Silva, el psicópata de Alto Hospicio o María del Pilar Pérez, más conocida como La Quintrala.

Tras la aprobación en general, el proyecto continuará su tramitación legislativa. El Senado fijó el 16 de marzo como plazo para presentar indicaciones, tras lo cual la iniciativa deberá volver a discutirse antes de avanzar en el Congreso.

La entrada Conmutación de penas a mayores: en qué consiste polémico proyecto que beneficiaría a presos por causas de DDHH se publicó primero en El Periodista.

Marzo 5, 2026 • 2 horas atrás por: ElPeriodista.cl 18 visitas 1850748

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