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Corte de Concepción devela “cooptación” judicial para manipular causas de crimen organizado: dos abogadas en prisión preventiva

El Ciudadano

Corte de Concepción confirma la prisión preventiva de abogadas imputadas por delitos: Asociación delictiva, tráfico de drogas, tráfico de armas, acceso indebido a información, soborno, lavado de activos, prevaricación y obstrucción a la investigación

La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó, en fallo unánime, la prisión preventiva de las abogadas Susana Andrea Cortés Karmy y Andrea Verónica Romero Jara, imputadas por el Ministerio Público por una serie de delitos que incluyen asociación delictiva, tráfico de drogas, tráfico de armas, soborno, lavado de activos y obstrucción a la investigación, según consignó el Poder Judicial.

De acuerdo con la resolución (causa rol 372-2026 y acumulada), la Quinta Sala del tribunal de alzada respaldó íntegramente lo resuelto por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, estableciendo que “la libertad de las imputadas constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación”, en relación con hechos que se habrían extendido entre 2017 y 2024.

El fallo sostiene que existen antecedentes suficientes para configurar delitos como prevaricación, obstrucción a la investigación y acceso indebido a sistemas informáticos, señalando que las imputadas habrían accedido “en forma reiterada a información reservada” utilizando claves proporcionadas por un exjefe de la Defensoría Penal Pública. Asimismo, el tribunal indica que “se instruye a un determinado imputado para que elimine cierta evidencia” y que se realizaron acciones para “crear artificialmente una circunstancia atenuante”.

En cuanto al delito de asociación delictiva, la Corte detalló que el actuar concertado de las abogadas involucró a más personas, incluyendo colaboradores, cónyuges y exfuncionarios del sistema judicial, lo que habría permitido “obtener situaciones ventajosas” en procesos judiciales. Además, se menciona la eventual existencia de soborno, al describir que un funcionario judicial habría aceptado beneficios para agendar audiencias en favor de las imputadas, infringiendo sus deberes.

Finalmente, el tribunal subrayó la gravedad estructural del caso, advirtiendo una “capacidad demostrada de las encausadas para influir en el sistema judicial y cooptar a funcionarios mediante dádivas”, junto con posibles vínculos con tráfico de armas. En este contexto, concluye que la prisión preventiva es “idónea, necesaria y proporcional”, considerando la multiplicidad de delitos, las penas asociadas y las diligencias aún pendientes, especialmente en materia de lavado de activos.

 Ver fallo Corte de Apelaciones 

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Marzo 21, 2026 • 2 horas atrás por: ElCiudadano.cl 31 visitas 1901246

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