SEÑOR DIRECTOR:
Como Pueblo Rapa Nui, con una historia sostenida de diálogo político, jurídico y cultural con el Estado de Chile, observamos con preocupación la reacción desproporcionada que ha generado la referencia al derecho de libre determinación, a raíz de una publicación de la embajadora de Chile en Nueva Zelanda. Dichas críticas revelan una confusión grave entre libre determinación e independencia, conceptos que no son sinónimos ni en el plano jurídico ni político.
La libre determinación es un derecho reconocido por el derecho internacional, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y en el Convenio 169 de la OIT, ratificado y vigente en Chile. Este derecho permite a los pueblos definir sus prioridades de desarrollo, su organización interna y la protección de su cultura, lengua y territorio, sin implicar ruptura del orden constitucional ni secesión del Estado.
Existen múltiples experiencias internacionales donde pueblos indígenas ejercen autonomías administrativas, culturales o territoriales dentro de Estados soberanos. Confundir estos principios, ya sea por desconocimiento o conveniencia política, empobrece el debate público y estigmatiza demandas legítimas.
Resulta especialmente preocupante que autoridades llamadas a resguardar las relaciones exteriores reaccionen con alarma frente a un derecho que no amenaza la soberanía, pero sí interpela al cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile.
El Pueblo Rapa Nui no es un riesgo para el país. El verdadero riesgo es la desinformación y el uso político de los derechos indígenas. La libre determinación no es una provocación: es un derecho vigente. Negar su discusión es negar la posibilidad de una convivencia democrática, informada y respetuosa.
Tai Riroroco
Asesor Jurídico y Vocera
Comunidad Indígena Tehigaro
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