El Constitucional avala la ley de amnistía
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El Constitucional avala la ley de amnistía

El Tribunal Constitucional ha aprobado por seis votos a cuatro la sentencia que avala todos los aspectos nucleares de la ley de amnistía. El órgano de garantías considera que la norma sirve al interés público porque facilita la normalización política en Cataluña sin vulnerar la Constitución. La sentencia afirma que “la ley impugnada responde a un fin legítimo, explícito y razonable” y subraya que “todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador”, de acuerdo con el “principio democrático”. El tribunal precisa, además, que este tipo de leyes solo es “constitucionalmente admisible cuando responde a una coyuntura extraordinaria” y justifica que, en este caso, esa excepcionalidad se concreta “en la crisis constitucional derivada del proceso secesionista catalán”.
Las tres tachas
La sentencia estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad del PP en lo relativo a tres preceptos menores. Entiende que la ley vulnera el principio de igualdad en su artículo 1 al amnistiar “los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos”, pero no los actos contrarios al desafío independentista catalán.
Por otro lado, declara inconstitucional el marco temporal fijado por la ley, que va del 1 de noviembre de 2011 y al 13 de noviembre de 2023, pero añade que también serán amnistiados “aquellos cuya ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha”. El Constitucional propone limitar la aplicación de la norma hasta el 13 de noviembre de 2023.
Por último, el texto recoge también una interpretación conforme a la Carta Magna del artículo 13.2 de la Ley de amnistía, que obliga a escuchar a la Fiscalía y a las entidades públicas afectadas para pedir el archivo de las causas en el Tribunal de Cuentas, a fin de que incluya también al resto de las partes en esa audiencia previa.
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