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El derecho a la educación amenazado

El derecho a la educación amenazado

La declaración del Colegio de Profesores de Magallanes del 30 de marzo termina afirmando “Por una Educación Pública digna y un trato justo a sus trabajadores, ¡seguimos firmes en nuestra lucha!”. Me pregunto si una educación pública puede ser digna cuando 12.000 estudiantes llevan un mes sin clases, arriesgando incluso perder el año escolar.

En un país como el nuestro, afectado por un importante rezago escolar post pandemia, no deja de sorprender que por mucho tiempo esto haya sido una noticia a nivel regional, y no un escándalo a nivel nacional.

La evidencia muestra, de manera consistente, los diversos impactos que tiene la inasistencia escolar tales como el daño al aprendizaje, dificultades para adquirir habilidades sociales, aumento en la tasa de abandono y en la probabilidad de conductas de riesgo. De ahí las diversas acciones para recalcar la importancia de “no faltar” a clases.

En este caso, la situación es diferente, pues la inasistencia no responde a una decisión de los estudiantes o de sus padres, sino a un problema completamente ajeno a su control. Aún más grave, la situación que les afecta es, en último término, responsabilidad del Estado y del Colegio de Profesores, precisamente quienes deberían velar por el cumplimiento del derecho a la educación.

Cada día que pasa, el problema se agrava pues el daño en el aprendizaje aumenta de manera creciente. Adicionalmente, el daño es mayor en los primeros cursos de educación básica, y en estudiantes de familias de menores ingresos. Por último, no podemos desconocer el efecto que esto tendrá en los futuros ingresos de estos jóvenes, en los indicadores de desigualdad y en el crecimiento del país.

Por el bien de los niños y niñas de Magallanes, espero que el conflicto se resuelva pronto. Sin embargo, nada asegura que una situación similar no vuelva a ocurrir, especialmente porque por el sistema de los SLEP, los profesores terminan siendo funcionarios públicos y el paro, parece ser una medida de presión que surte efecto. Parece conveniente, entonces, revisar la normativa que rige los SLEP.

Sin embargo, hay un camino complementario que ya es utilizado en otros países y que podría ser más simple de implementar: incluir la educación (pública y privada) dentro de las actividades que no se pueden ir a huelga, lo que, de acuerdo al art. 362 del Código del Trabajo, corresponde a servicios de utilidad pública, o aquellas cuya paralización cause grave daño, entre otros, a la salud o a la economía del país. El impacto de la educación sobre el crecimiento económico de los países y los ingresos de su población ha sido ampliamente documentado por la literatura, por lo que esta actividad cumple con la causal. Adicionalmente, y a diferencia de otras medidas, esto no requiere de una ley. Basta con una resolución conjunta de los Ministerios del Trabajo, Defensa y Economía y por lo tanto sólo requiere de la voluntad del gobierno. Buena prueba para saber si hay un real compromiso con el derecho a la educación.

Por Soledad Arellano, Vicerrectora Académica y de Investigación UAI

Fuente

LaTercera.com

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