El momento ha llegado. Después de una larga espera, el año pasado el Gobierno dio luz verde al DNI digital, con un plazo generoso para permitir que las administraciones y empresas pudieran adaptarse a este nuevo método de identificación.
Este período de gracia ya ha concluido y a partir de hoy el DNI digital tiene la misma validez que el DNI físico, pero con demasiados matices.
El 2 de abril de 2026 es la fecha fijada a partir de la cual es obligatorio que nos acepten la app MiDNI como método de identificación legal. Hasta ahora, tenía la misma validez desde el lanzamiento de la aplicación, pero ninguna entidad, ni pública ni privada, estaba obligado a aceptarlo, por lo que nos podíamos encontrar con numerosos impedimentos en nuestro día a día.
Ahora, con el pistoletazo de salida de la segunda fase del DNI digital, se introduce la obligatoriedad en un solo sentido. Es decir, como ciudadanos podremos escoger si queremos seguir usando el DNI físico o si preferimos utilizar el digital, pero las empresas sí que están obligadas a aceptar cualquiera de los dos métodos.
A grandes rasgos, podremos usar la app MiDNI para todo tipo de gestiones presenciales, tanto si lo que necesitamos es acreditar la edad como si simplemente tenemos que identificarnos.
Por ejemplo, podemos usar el DNI digital para recoger un paquete, hacer el ‘check-in’ en un hotel, alquilar un coche o incluso abrir una cuenta bancaria o firmar escrituras ante Notario, entre otros. El motivo es que tiene validez legal plena, igual que el carnet físico.
Existen un par de excepciones en las que a día de hoy no se puede utilizar este documento digital. La primera de ellas es para viajar al extranjero, en cuyo caso tendremos que seguir portando de manera física nuestro DNI o el pasaporte, según aplique.
Tampoco se podrá usar para votar, una medida que ha levantado bastante polémica y que viene motivada por dudas en la seguridad de la verificación de los datos.
A pesar de que las excepciones a la hora de usar el DNI de forma legal son contadas, hay otros matices que debemos tener en cuenta para no encontrarnos con una negativa incómoda.
El principal motivo por el que nos pueden rechazar el DNI digital es por no utilizar la app oficial. Es muy importante que diferenciemos aquella que está impulsada por la Policía Nacional (y que es la única con validez) de las apps falsas que han comenzado a aflorar en las tiendas de aplicaciones.
Asimismo, tampoco podremos usar una foto de nuestro carnet físico, un escaneo ni una captura de pantalla. Aunque los datos se vean correctamente y se verifique de forma visual que corresponde a nuestra persona, este tipo de alternativas no son legales, ya que son fácilmente manipulables.
Por último, hay que tener en cuenta de que, aunque ya exista una obligación legal de aceptarlo, si el establecimiento se niega a hacerlo estamos bastante desprotegidos como ciudadanos. Según un informe de Logalty, se estima que, en la práctica, el 70% de las empresas todavía no están preparadas para leer el código QR que genera la aplicación.
El problema que se nos plantea ahora es qué hacer en caso de que nos nieguen el uso del DNI digital. Y la respuesta rápida es: nada. Aunque podríamos rellenar una hoja de reclamaciones en caso de que nos ocurra en una empresa privada o interponer una queja administrativa si es la administración la que nos niega nuestro derecho, en la práctica la desprotección es absoluta.
Actualmente, no existe una vía para reclamar este hecho ni tampoco sanciones para las empresas que no hayan cumplido con su obligación legal a pesar de haber tenido un año para hacerlo.
La consecuencia de haber dejado los deberes para el último momento al final la paga el ciudadano. La recomendación pasa por ser precavidos y, al menos hasta que veamos un despegue en el uso y aceptación real del DNI digital, sigamos llevando con nosotros el carnet físico para evitar que nos manden de vuelta a casa sin realizar la gestión que necesitamos.
Imagen de portada | Alejandro Alcolea para Xataka (con edición de Gemini)
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La noticia
El DNI digital ya tiene plena validez: todo lo que hay que tener en cuenta para utilizarlo
fue publicada originalmente en
Xataka Móvil
por
Noelia Hontoria
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