Según consignó el medio, la denunciante solicitó al juzgado una investigación por la posible filtración de su identidad, pidiendo que se deduzcan actuaciones por presuntos delitos relacionados con la revelación de secretos y la vulneración del secreto sumarial. Esta petición se integra en el marco de la causa judicial que enfrenta el ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González, quien compareció ante el magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 8 de Madrid, donde también declaró la agente de Policía que presentó la denuncia por agresión sexual. Ambas declaraciones estaban programadas para comenzar a las 10:30 horas.
De acuerdo con la información publicada, González decidió renunciar a su puesto como máximo responsable operativo de la Policía tras conocer la admisión a trámite de la querella y su citación formal como investigado. El procedimiento judicial se inició después de que la denunciante, agente subordinada de González durante su relación laboral, presentara una querella por presunta agresión sexual ocurrida, según su relato, en un contexto definido por una asimetría significativa de poder institucional.
El magistrado señaló en una resolución que los hechos descritos en la querella permiten suponer la posible comisión de delitos de agresión sexual. La denuncia incluyó no sólo la acusación de agresión sexual, sino también menciones a presuntas coacciones, lesiones psicológicas y malversación de caudales públicos, haciendo hincapié en la circunstancia agravante del abuso de superioridad debido a la jerarquía entre ambos implicados.
La querella detalla que la relación entre la agente denunciante y su superior había tenido en el pasado un componente afectivo, caracterizado —según la parte denunciante— desde el inicio por un inequívoco desequilibrio de poder institucional. Según este relato, el exDAO habría utilizado de manera sistemática su autoridad para instaurar una dinámica basada en el control, dominación y sumisión psicológica sobre la agente, quien manifestó en diversas ocasiones su intención clara de finalizar la relación pero afirmó verse impedida a ejecutarlo de manera efectiva.
El texto presentado ante el juzgado describe que la agente habría puesto fin de manera unilateral a la relación, situación que, según la acusación, González no aceptó. Después de esa ruptura, siempre según la querella, el exDAO habría desarrollado una conducta de acoso continuado y contacto no deseado, situación que, según la denunciante, desembocó en el incidente por el que se abrió la investigación judicial.
Según se desprende de la denuncia, los acontecimientos que motivaron el procedimiento ocurrieron el 23 de abril de 2025. En esa fecha, cuando la agente se encontraba de servicio ordinario en la comisaría de Coslada, recibió, supuestamente, múltiples llamadas del exDAO exigiendo su presencia inmediata. La víctima alegó motivos laborales, pero, ante la insistencia y autoridad desplegada por González, accedió a utilizar un vehículo policial camuflado para acudir al lugar donde él se encontraba junto a otro comisario, en un restaurante.
El relato añade que, tras pasar un tiempo en ese local, González y la agente se dirigieron a una vivienda. Allí, pese al malestar y al deseo manifestado por la agente de marcharse, el exDAO habría servido bebidas y, según la denuncia, habría intentado iniciar un acercamiento físico de carácter sexual que fue rechazado de forma verbal y repetida por la agente. Según la querella, el exDAO habría persistido y su comportamiento habría derivado en una agresión sexual mediante la utilización de violencia física e intimidación aprovechando el aislamiento, la superioridad física y su rango institucional.
Frente a estas acusaciones, la defensa de González calificó el origen de la querella como motivado por sentimientos de “celos” de la denunciante. En su declaración, el exDAO afirmó haberle ofrecido la posibilidad de dejar la vivienda y negó cualquier impedimento para que la agente saliera del lugar. Según lo aportado por la representación legal de González ante el juez, existen discrepancias entre el relato de la querella y el contenido de una grabación que se incorporó como prueba documental central en la investigación. El equipo legal sostuvo que la conversación grabada muestra intercambios de reproches por celos y solicitudes de atención afectiva, así como expresiones de confianza entre ambos, en aparente contradicción con la versión de un sometimiento constante o de negativas continuas por parte de la denunciante.
Por otra parte, la defensa de la agente presentó ante el juzgado un conjunto de pruebas destinadas a documentar sus señalamientos, incluyendo archivos de audio, listados de llamadas y capturas de pantalla de mensajes, y solicitó que su consulta quedara limitada estrictamente al ámbito judicial, pidiendo la máxima reserva del material. El magistrado accedió a asegurar la confidencialidad de los documentos, aunque finalmente dispuso que la defensa del exDAO recibiera copia de esas pruebas, limitando la reserva inicialmente solicitada por la mujer denunciante.
Como parte de las actuaciones recientes, el juez sigue indagando sobre la existencia de posibles delitos adicionales señalados en la querella, entre ellos la malversación de caudales públicos y las supuestas coacciones y lesiones psíquicas. El caso permanece bajo vigilancia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 8 de Madrid y dentro del procedimiento se mantiene un enfoque sobre la posición jerárquica y la posible instrumentalización de la autoridad policial para condicionar o influir en la conducta de la agente denunciante.
De acuerdo con la cobertura del medio, ambas partes insisten en versiones opuestas respecto a los acontecimientos que motivaron la investigación. Mientras la denunciante recalca el aprovechamiento sistemático de su posición institucional por parte del exDAO y la existencia de conductas orientadas al control y la sumisión, la defensa de González apunta al contexto personal y cuestiona la veracidad y consistencia de los hechos relatados por la denunciante a la luz de las pruebas presentadas. Las actuaciones judiciales siguen centradas, hasta el momento, en la recopilación y análisis de los materiales probatorios y en la valoración de las respectivas declaraciones de los implicados.
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