¿Es la migración un derecho?
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¿Es la migración un derecho?

Los Estados tienen el derecho soberano a regular la migración. En esto, el derecho internacional es claro: la regla general es que un país puede prohibir la entrada de extranjeros y expulsarlos de su territorio. Los límites son excepcionales y están bien regulados, por ejemplo, en el caso de los refugiados.
Por lo tanto, cuando se trata de la migración, el punto de partida no es el derecho del individuo, sino el derecho de los Estados. La estructura típica de los derechos se revierte y, en lugar de que los Estados tengan que justificar una injerencia en el derecho de un individuo, es el individuo quien tiene que justificar su injerencia en el derecho del Estado a controlar la migración.
En consecuencia, por regla general, no existe un derecho a migrar.
Sin embargo, esto no significa que el migrante irregular no tenga derechos. Es cierto que no tiene un derecho a ingresar ni residir en nuestro territorio, pero mientras se encuentre bajo nuestra jurisdicción, está protegido por una serie de derechos que son inherentes a la persona y no al ciudadano. Aquí, eso sí, entramos en la gama de los grises: ¿qué derechos? Algunos son obvios, como el derecho inherente a la vida o la prohibición de la tortura. Otros derechos deberían ser obvios, como el debido proceso cuando son privados de libertad. Esto implica el derecho a ser escuchado, a contar con asistencia legal y a recurrir decisiones que afecten su situación migratoria. En mi opinión, el Estado también debería facilitar el acceso básico a la salud y la educación, especialmente en el caso de menores de edad. No se trata de conceder privilegios, sino de asegurar que la condición migratoria de una persona no sea un obstáculo para el ejercicio de derechos humanos esenciales, que además deben ser garantizados sin discriminación.
El catálogo internacional de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales es amplio, y por supuesto, el migrante irregular no tiene los mismos derechos que el migrante regular o el ciudadano. Sin embargo, el camino no es deshumanizar al migrante irregular, sino regular bien los derechos que el Estado se comprometerá a garantizar. Por ejemplo, negar el acceso a servicios esenciales como la atención médica de urgencia, la protección frente a la violencia o el debido proceso socava los principios fundamentales de cualquier Estado de Derecho.
Una política migratoria eficaz debe equilibrar dos principios: el derecho soberano del Estado a controlar sus fronteras y la obligación de proteger los derechos esenciales de toda persona bajo su jurisdicción. Los esfuerzos del Estado deberían enfocarse en lo primero: controlar eficazmente las fronteras, detener la entrada irregular y agilizar las expulsiones. Aquí, además, el Estado corre con ventaja pues ejerce su derecho soberano a regular la migración. Pero, mientras el Estado cumple dicha labor, no puede socavar la dignidad de quienes están dentro del territorio. La solidez de un Estado no se mide solo por su capacidad de regular la migración, sino también por su compromiso con los valores que dice defender.
Por Benjamín Salas, abogado, colaborador asociado de Horizontal
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