El Ciudadano

La Escuela Popular Campesina José Bengoa Cabello dio a conocer una reflexión titulada “Semillas, identidad y soberanía. Una reflexión desde la pedagogía del pensamiento crítico de la Escuela José Bengoa”, elaborada en el contexto de la consulta pública impulsada durante 2026 por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) sobre la comercialización de semilla corriente.
El documento plantea que educar no consiste solamente en transmitir información ni en enseñar a las personas qué deben pensar. Desde la perspectiva de la Escuela José Bengoa, la educación popular debe construir colectivamente herramientas que permitan comprender la realidad, preguntarse por qué las cosas son como son, reconocer quiénes toman las decisiones que afectan la vida de las comunidades y descubrir la propia capacidad para transformar esas realidades.
En ese marco, la institución sitúa su reflexión frente a la consulta pública del SAG y propone comprender qué se está discutiendo, qué dice realmente la propuesta, explicar aquellas palabras difíciles que muchas veces alejan a las comunidades de las discusiones públicas y conocer los tratados y compromisos que Chile ha adquirido.
Pero, al mismo tiempo, plantea preguntas de fondo: ¿Quién decide? ¿Quién participa realmente? ¿Quién queda afuera? ¿Quién posee la información? ¿Quién controla las semillas? ¿Y qué podemos hacer colectivamente frente a aquello que consideramos una amenaza para nuestra soberanía?
Para la Escuela Popular Campesina, una educación transformadora no termina cuando se comprende un problema. Comienza nuevamente cuando ese conocimiento se convierte en conciencia, organización y capacidad de transformación y lucha.
La reflexión sostiene que defender la identidad campesina y popular no significa quedar detenidos en el pasado. Por el contrario, recuerda que los pueblos siempre se han transformado y que también se han transformado sus semillas.
Durante generaciones, campesinas, campesinos y pueblos originarios han observado sus territorios, seleccionado plantas, guardado semillas, experimentado, intercambiado conocimientos y adaptado cultivos a diferentes condiciones. La Escuela señala que una semilla campesina constituye, en cierto sentido, una memoria viva, pero advierte que esa memoria nunca estuvo quieta.
Desde esa perspectiva, la identidad tampoco debe convertirse en una pieza de museo. La propuesta es construir una identidad que conozca sus raíces precisamente para contar con la fuerza necesaria para enfrentar el presente, pero manteniendo simultáneamente la capacidad de transformarse en la lucha.
La reflexión sitúa la actual discusión sobre semillas en un contexto mucho más amplio que una cuestión meramente técnica. Recuerda que el SAG abrió durante 2026 una consulta pública sobre una propuesta que establece requisitos para la comercialización de semilla corriente, pero sostiene que, cuando se habla de semillas, también se está hablando de alimentación, biodiversidad, cultura, conocimientos, territorio y autonomía.
Cuando se establecen nuevas reglas respecto de ellas, plantea el documento, el mundo campesino tiene derecho a conocerlas, comprenderlas y discutirlas.
Sin embargo, la Escuela identifica una primera contradicción: la invitación a participar se realizaría mediante mecanismos digitales en una materia que involucra directamente al mundo rural. Frente a ello formula preguntas sobre las personas campesinas que no tienen buena conexión, quienes conservan semillas desde hace cincuenta años pero no saben completar un formulario digital, las comunidades alejadas y el valor que se asigna a un conocimiento que no se encuentra contenido dentro de una plataforma.
La reflexión también distingue entre consultar y decidir. Una consulta institucional permite formular observaciones y puede ser útil, pero, a juicio de la Escuela, debe distinguirse entre ser consultado y tener poder de decisión.
Una democracia profunda, sostiene, no consiste solamente en que una institución pregunte la opinión de la ciudadanía. Significa que los pueblos tengan capacidad efectiva de incidir sobre aquello que afecta sus territorios, su alimentación, sus conocimientos y sus formas de vida.
Por ello, la Escuela manifiesta una posición crítica frente a mecanismos institucionales que se presentan como participación, pero que no necesariamente entregan a las comunidades poder vinculante sobre la decisión final.
La pregunta entonces es ¿por qué participar? La respuesta planteada en la reflexión es que participar también puede servir para disputar esos espacios: utilizar una consulta para dejar constancia de una posición, presentar argumentos, formular preguntas y exigir derechos. Participar no significa necesariamente legitimar el mecanismo; puede significar entrar a un espacio institucional precisamente para decir que ese espacio no es suficiente.
La participación, agrega, puede servir para exigir procesos territoriales, presenciales, interculturales y verdaderamente incidentes.
La reflexión dedica parte importante de su contenido a explicar, en un lenguaje accesible, qué significa UPOV 91, sigla correspondiente a la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales.
La Escuela explica que una “obtención vegetal” puede entenderse, en términos sencillos, como una nueva variedad de una planta desarrollada o puesta a punto por un obtentor. Este puede ser una persona, una empresa o una institución. Si esa variedad cumple determinadas condiciones legales y obtiene protección, su obtentor adquiere derechos sobre determinados usos de ella durante un período.
El documento explica asimismo por qué se denomina UPOV 91: 1991 corresponde al año de esa versión del Convenio. También existe UPOV 78, correspondiente al Acta de 1978, a la cual Chile se encuentra adscrito mediante el Acta de 1978. UPOV 91 constituye una versión posterior que amplió y fortaleció determinados derechos de los obtentores sobre las variedades protegidas.
Para acercar este debate al lenguaje campesino, la reflexión recurre a una situación cotidiana: una familia guarda porotos durante generaciones y cada año selecciona semillas. Una persona puede decir: “Esta planta resistió mejor la sequía”, otra: “Esta otra produjo más”, otra: “Esta semilla la tenía mi abuela”, mientras otra señala que se la dio una vecina. Se guarda una parte, se intercambia otra y finalmente se vuelve a sembrar.
Así, durante generaciones, los pueblos han producido diversidad y conocimiento.
La situación cambia cuando una empresa, universidad, institución o persona desarrolla una nueva variedad, cumple determinados requisitos y obtiene sobre ella un derecho de obtentor. Esa variedad queda protegida y determinados actos relacionados con su reproducción o comercialización pueden estar sujetos a los derechos de su titular.
La Escuela advierte que esto permite comprender de manera sencilla qué está detrás de UPOV, pero subraya la necesidad de ser rigurosos: UPOV 91 no significa que todas las semillas campesinas pasen automáticamente a tener un dueño privado.
La pregunta política que plantea la reflexión es más profunda: ¿Qué sucede con la autonomía campesina cuando una parte creciente del mundo de las semillas entra en sistemas de derechos exclusivos, propiedad intelectual y mercado?
El documento sostiene que los tratados de libre comercio también forman parte de esta discusión. Cuando se habla de estos acuerdos, habitualmente se piensa en exportaciones, importaciones, cobre, frutas o automóviles. Sin embargo, la reflexión advierte que estos tratados también pueden establecer reglas sobre propiedad intelectual y que allí aparecen las semillas.
En particular, menciona el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos, firmado en 2003, señalando que incorporó expresamente un compromiso relacionado con la adhesión de las partes al Convenio UPOV 91.
Asimismo, señala que el nuevo marco comercial entre Chile y la Unión Europea también contiene disposiciones relativas a la protección de las obtenciones vegetales conforme a UPOV 91.
La Escuela vuelve a introducir una precisión: esto no significa automáticamente que el tratado convierta todas las semillas tradicionales en propiedad privada. Lo que plantea es que la protección de derechos de propiedad intelectual sobre variedades vegetales forma parte de la arquitectura de acuerdos comerciales internacionales asumidos por Chile.
A partir de ello formula una interrogante directamente vinculada con la soberanía alimentaria: ¿por qué algo tan fundamental para la soberanía alimentaria de los pueblos termina siendo también materia de tratados comerciales?
La reflexión concluye con una definición política de aquello que busca defender: el derecho de los pueblos a guardar, sembrar, reproducir, seleccionar, intercambiar y mantener conocimientos asociados a sus semillas, así como el derecho a decidir colectivamente qué información entregar, a participar realmente en las decisiones que afectan sus territorios y a mantener la soberanía sobre sus sistemas alimentarios.
En esa perspectiva, la Escuela Popular Campesina José Bengoa Cabello resume su planteamiento en una afirmación que atraviesa toda la reflexión: “Desde el pueblo y para el pueblo, porque somos ese pueblo.”
La presente nota de prensa se elabora en base a la reflexión escrita emitida por la Escuela Popular Campesina José Bengoa Cabello, respetando el contenido, los conceptos, las preguntas y los planteamientos centrales expresados en dicho documento.
La entrada Escuela campesina: “Las semillas no son mercancía, son vida, memoria y soberanía de los pueblos” se publicó primero en El Ciudadano.
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