El Ministerio de Hacienda publicó en el Diario Oficial la primera modificación al Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Mepco), fijando en cuatro semanas el número de períodos para el cálculo del precio de paridad de importación de los combustibles derivados del petróleo.
De acuerdo con el decreto exento N°103, fechado el 20 de marzo de 2026, la medida determina que el cálculo aplicará para las gasolinas automotrices, el diésel vehicular y el gas licuado de petróleo (GLP) vehicular, considerando este horizonte temporal para la estabilización de precios.
La resolución se enmarca en lo dispuesto por la Ley N°20.765 y sus modificaciones, que regulan el funcionamiento del Mepco, mecanismo que busca mitigar la volatilidad de los precios internacionales de los combustibles en el mercado local.
Según el documento, la definición de estas cuatro semanas regirá para los precios que se establezcan al menos durante las próximas semanas a partir del 26 de marzo de 2026, lo que incidirá directamente en la evolución de los valores de los combustibles en el país.
El decreto fue emitido por el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, y cuenta con antecedentes técnicos de la Comisión Nacional de Energía, además de la revisión de la Contraloría General de la República.
La modificación se enmarca en el conflicto en Medio Oriente, y las medidas de recorte que el Ejecutivo ha impulsado por la estrechez fiscal.