La acusada de un choque mortal alega deslumbramiento y Tráfico habla de "distracción evidente y falta de pericia"
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La acusada de un choque mortal alega deslumbramiento y Tráfico habla de "distracción evidente y falta de pericia"

La joven conductora causante del siniestro en la carretera CL-610 Valladolid-Peñaranda de Bracamonte, dentro del término vallisoletano, que la tarde del 24 de diciembre de 2022 ocasionó la muerte en el acto de un varón de 78 años y lesiones de gravedad a su esposa, ha alegado que el accidente se produjo al ser deslumbrada por un tercer turismo que pasó en sentido contrario segundos antes y que hizo que perdiera el control, algo que la Guardia Civil de Tráfico descarta categóricamente y achaca a una "distracción evidente y falta de pericia" de la acusada.
El origen del siniestro, distracción o deslumbramiento previo, no será la única controversia que habrá de deslindar la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, donde el juicio por estos hechos ha quedado visto para sentencia este miércoles, sino también si el fallecido llevaba o no puesto el cinturón de seguridad, ya que la Guardia Civil se inclina por la segunda opción y un informe forense dice lo contrario, y, además, si las graves secuelas que sufre la esposa de la víctima mortal son consecuencia del trágico suceso, como sostienen las acusaciones pública y particular, o si parte de ellas ya las padecía con anterioridad, como así defiende Línea Directa Aseguradora.
Respecto de la primera y más trascendente polémica sobre la causa del siniestro, ya que de la misma pende la suerte de la joven D.X.F--las acusaciones pública y privada le piden cinco y cuatro años de cárcel, respectivamente--, la acusada, durante su declaración recogida por Europa Press, ha recordado que aquella tarde circulaba al volante de un Opel Corsa acompañada de su hermano y que al llegar al kilómetro 6,480 de la CL-610, dentro del término de Valladolid, se vio "deslumbrada" por un turismo que circulaba en sentido contrario y a partir de ahí se desencadenó la tragedia.
"Iba a la velocidad adecuada y de pronto fui deslumbrada y empecé a ver todo blanco. Pisé el freno a fondo y el volante no respondió, iba de un lado para otro, traté de encarrilar el coche pero no pude y empezó a dar vueltas hasta chocar con otro. Empezó a salir humo y mi hermano y yo nos asustamos mucho porque pensé que el vehículo se iba a incendiar", ha relatado D.X.F, quien ha añadido que todo ocurrió en unos pocos segundos.
La acusada tenía carné desde hacía dos años y en el mismo se imponía la obligación de utilizar lentes correctoras, exigencia que ella asegura que cumplió ese día a pesar de que las mismas no fueron halladas en el vehículo por parte de los agentes de la Guardia Civil de Tráfico que acudieron de urgencia al escenario del accidente.
Los dos agentes de tráfico que se personaron en dicho lugar han coincidido al señalar, de forma categórica, que el accidente no pudo producirse por un deslumbramiento previo debido a que las cámaras de seguridad del Cuartel Teniente Galiana, próximo al punto de colisión, constatan que el encuentro del coche de la acusada y un tercero se produjo cinco o seis segundos antes de que D.X.F. se saliera en una curva a la izquierda, invadiera la cuneta terriza y, al percatarse de ello, diera un volantazo que le hizo regresar a la calzada e invadir el carril contrario donde chocó con el Seat Córdoba que conducía María Eugenia R.C, de 65 años, y ocupado por su esposo, Julio del V.C, de 78, que circulaban correctamente.
"No hay huella de frenada antes de la salida de vía...la acusada iba distraída, evidentemente, posiblemente porque iba hablando con su hermano. Son dos segundos en los que se sale a la cuneta, vuelve e invade el carril contrario", corroboran los dos agentes, que achacan también lo ocurrido a la "falta de pericia" de una conductora que se había sacado el carné dos años antes.
A VUELTAS CON EL CINTURÓN DEL FALLECIDO
Los dos guardias también sostienen que la víctima mortal que iba de copiloto en el turismo conducido por la esposa no llevaba puesto el cinturón de seguridad, algo que, como así también han apostillado, no implica necesariamente que fuera el detonante de su muerte, sino que hubiera evitado el fuerte golpe que sufrió en la cabeza y que provocó la rotura del parabrisas. "El cinturón estaba en su posición de origen, tenso y bloqueado, lo que denota que no estaba siendo utilizado", han apostillado ambos.
Su afirmación, no obstante, ha sido contradicha poco después por la médico forense que practicó la autopsia al septuagenario pues la misma establece que el golpe en la cabeza tan solo causó lesiones leves y que el verdadero motivo del óbito se produjo por aplastamiento del tórax fruto del impacto del cinturón de seguridad.
El golpe causó graves fracturas y lesiones torácicas que afectaron al corazón y, fundamentalmente, causaron una doble rotura de la aorta, "lo que es incompatible con la vida", ha dictaminado la experta forense.
A dicha controversia se ha sumado la propia viuda de Julio del V.C, quien ha asegurado que ella misma colocó el cinturón a su marido nada más subirse al coche. La testigo, que ha acudido al juicio asistida de un bastón y con graves problemas de movilidad, no ha podido evitar en algún momento de su declaración hablar de forma entrecortada por la emoción al recordar el momento del impacto.
"MI VIDA QUEDÓ DESTROZADA ESA TARDE"
"Vi a mi marido muerto al lado, fue horroroso, me enteré de todo. Tengo 47 años de carné y jamás he tenido un percance. Iba a 62 kilómetros clavado, no me dio tiempo a reaccionar. Estuve cinco meses ingresada y sigo tratamiento médico...y emocionalmente estoy destrozada. Mi vida quedó destrozada esa tarde", ha declarado la esposa del fallecido, quien asegura que a raíz de las lesiones sufridas se encuentra "muy limitada" ya que no es capaz siquiera de hacer una cama y de otras tareas sencillas del día a día.
Las lesiones que sufre la mujer, con un perjuicio personal grave por pérdida de autonomía y un perjuicio estético medio, según un informe forense, son también objeto de discusión en este proceso en cuanto al capítulo indemnizatorio, ya que la responsable civil directa, Línea Directa Aseguradora, que ya ha indemnizado por la víctima mortal, trata ahora de rebajar el conjunto de las cantidades a desembolsar por las lesiones de la viuda basada en un expediente de 1993 que reconoce a la perjudicada una discapacidad del 35 por ciento por hipoacusia leve, trastorno del equilibrio y ansiedad, con lo que, según sostiene el letrado de dicha compañía, parte de las secuelas que padece la viuda no serían achacables al siniestro en sí.
Será por tanto el tribunal el encargado de resolver todas estas dudas, fundamentalmente si la acusada es autora del delito de homicidio por imprudencia grave, respecto del septuagenario fallecido, y de un delito de lesiones con grave deformidad y grave enfermedad somática sobre la persona de su viuda, por los que las acusaciones pública y particular interesan cinco y cuatro años de prisión, respectivamente, frente a la petición absolutoria de la defensa.
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