Madrid, 2 abr (EFE).- La Audiencia Nacional ha indemnizado con 6.400 euros a un hombre que permaneció casi ocho meses en prisión preventiva y finalmente resultó absuelto de un delito contra la salud pública tras anularse los registros policiales, por lo que percibirá poco más de 26 euros por día encarcelado.
Una cantidad muy lejana a los 60.010 euros que solicitaba su defensa, ejercida por el despacho Blay JD, quien pone de relieve el "problema estructural" que supone la "ausencia de criterios objetivos y homogéneos en España para fijar estas indemnizaciones".
En un comunicado remitido a EFE, este despacho subraya que, "a diferencia de otros ámbitos donde existen baremos claros, como los accidentes de tráfico o la compensación a pasajeros aéreos, en los supuestos de prisión indebida la cuantía queda en gran medida sujeta a valoraciones casuísticas".
El caso de este hombre se remonta a marzo de 2017, cuando ingresó en prisión preventiva, donde permaneció hasta noviembre, tras ser detenido por un delito contra la salud pública.
La investigación acabó finalmente en absolución al anular la Audiencia Provincial de Valencia los registros policiales, lo que llevó al tribunal a verse "en la forzosa tesitura" de absolverle ante la "inexistencia de pruebas válidas", en base a la teoría del árbol envenenado.
La absolución dio pie al afectado para reclamar a la administración, por responsabilidad patrimonial del Estado, una indemnización por los 243 días que estuvo en prisión provisional; pidió 60.010 euros por los perjuicios sufridos, por el "alejamiento forzoso" de su hija, por la imposibilidad de trabajar (alegó que tenía una oferta de trabajo) o por los gastos de su defensa, entre otros.
Una cantidad con la que discrepó la Abogacía del Estado, partidaria de indemnizarle con 6.200 euros, y que, tras examinar el tribunal la situación, ha quedado en 6.400, en la línea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y con otras indemnizaciones otorgadas por la Audiencia Nacional en casos similares.
En su sentencia, la Audiencia Nacional considera esos 6.400 euros una cantidad "actualizada" a fecha de su resolución teniendo en cuenta las indemnizaciones concedidas en otros procedimientos, aunque reconoce la "falta de criterios legales de baremación".
Rechaza, por ejemplo, aumentar esa indemnización por el lucro cesante de no trabajar, dado que "no se constata que su entrada en prisión haya supuesto una ruptura de una relación laboral anterior", ni tampoco por los gastos de su defensa, que se resarcen a través de la condena en costas y no por la vía de la responsabilidad patrimonial. EFE
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