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La memoria no prescribe: condenan a exagentes DINA por secuestros de fotógrafo y profesor vistos por última vez en Villa Grimaldi

El Ciudadano

En una resolución que demuestra que la memoria no prescribe la ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, condenó dos exagentes de la temida Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).por los secuestros de un fotógrafo y un profesor que fueron vistos por última en el cuartel clandestino de Villa Grimaldi en diciembre de 1974, en plena dictadura de Augusto Pinochet.

La magistrada determinó que Pedro Espinoza Bravo y Rolf Wenderoth Pozo son penalmente responsables como autores de los secuestros calificados de M.B.B. y H.M.E. y los condenó a cada uno a cumplir una pena de 15 años de presidio y las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El fallo, inscrito en el rol 1.176-2018, se erige sobre una base histórica ineludible: el régimen militar instaurado el 11 de septiembre de 1973 desplegó una política sistemática de persecución y represión contra todo aquel etiquetado como opositor o pernicioso para sus objetivos. Esta maquinaria de terror, que operó con la complicidad de agentes estatales y civiles, normalizó las ejecuciones sumarias, allanamientos, las torturas de toda índole —incluyendo agresiones sexuales—, las detenciones arbitrarias y las desapariciones forzadas. Para ejecutar estas prácticas, los organismos de inteligencia no solo utilizaron cuarteles clandestinos, sino también recintos oficiales de las Fuerzas Armadas, convirtiendo el territorio nacional en un escenario de violaciones masivas a los derechos fundamentales.

Para diciembre de 1974, la maquinaria represiva ya estaba plenamente engrasada bajo el mando de la DINA, una estructura organizada con medios propios, una jerarquía militar y centros de reclusión secretos. En la Región Metropolitana, la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM) era el brazo ejecutor, liderado por un oficial de Ejército asesorado por una plana mayor que procesaba información de inteligencia. Esta cadena de mando mantenía canales de información con sus superiores, documentando en listas la identidad de los detenidos, y de ese registro dependía el destino final de los prisioneros. La sentencia subraya que muchos de esos nombres fueron borrados del mapa físico y documental, una práctica que convirtió la desaparición en un método de aniquilación.

Según el fallo, el 23 de diciembre de 1974, M.B.B., un fotógrafo de 42 años y militante socialista, fue interceptado por agentes de civil en una feria navideña ubicada en Vicuña Mackenna con Diez de Julio. Subido a una camioneta blanca C-10 junto a dos acompañantes, uno fue liberado en el trayecto y el otro en el centro de reclusión al que llegaron. Esa misma jornada, H.M.E., profesor de 27 años y asistente del fotógrafo, cayó en manos de los mismos agentes cuando llegaba al domicilio de un tercer implicado en la Villa Portales. Ambos fueron conducidos a Villa Grimaldi, el último punto en el mapa donde se les vio con vida; desde ese momento, su rastro se desvaneció.

El tribunal no solo se limita a castigar el hecho, sino que erige la sentencia como un recordatorio de que la memoria no prescribe. Al establecer que los secuestros calificados fueron crímenes de lesa humanidad, la magistrada Plaza González desactiva cualquier intento de amnistía o prescripción, afirmando que la búsqueda de justicia es un imperativo ético que trasciende los plazos legales.

La condena a Espinoza y Wenderoth, dos engranajes de aquella estructura criminal, reafirma que los centros de tortura como Villa Grimaldi constituyen heridas abiertas que exigen reparación y reconocimiento.

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Julio 8, 2026 • 1 hora atrás por: ElCiudadano.cl 16 visitas 2270625

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