La transposición vía reglamento de la directiva de SMI abre otro frente a Trabajo con CEOE

Madrid, 13 dic (EFECOM).- El Ministerio de Trabajo mantiene su intención de transponer la directiva europea de salarios mínimos por real decreto, sin la convalidación del Congreso, lo que le supondrá otro frente abierto con la patronal CEOE que impugnará cualquier cambio que no tenga rango de ley.

Trabajo ha sacado a consulta pública previa, hasta el 19 de diciembre, el proyecto de real decreto con el que pretende desarrollar reglamentariamente el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, referido al salario mínimo interprofesional (SMI).

La justificación del Ministerio es que el artículo 27 "no ha sido, hasta la fecha, objeto de desarrollo" y que "resulta preciso acometer dicha tarea"; mientras que la patronal ha defendido desde el primer momento que no es un simple desarrollo, sino una reforma sustancial del Estatuto de los Trabajadores.

En paralelo a la transposición, el Gobierno tiene que decidir cuál va a ser la subida del SMI para 2026, un alza que quedará recogida en otro real decreto, el procedimiento habitual para una decisión que es potestativa del Gobierno y no requiere validación ni de los agentes sociales ni del Parlamento, solo consulta previa con patronal y sindicatos.

El comité de expertos del salario mínimo que asesora al Ministerio de Trabajo ha propuesto una subida del 3,1 % o del 4,7 % dependiendo de si el SMI (actualmente en 16.576 euros brutos anuales en 14 pagas) sigue exento de IRPF o de si comienza a tributar, un planteamiento que queda lejos tanto del 1,5 % que ofrece la patronal como del 7,5 % de los sindicatos.

Aunque no sea necesario, el Gobierno apuesta por el acuerdo con los agentes sociales, un pacto que se antoja difícil con la patronal, pero que es posible con los sindicatos si la transposición de la directiva europea de salarios mínimos se ajusta a sus pretensiones.

En el caso de los sindicatos, la exigencia es clara, impedir que las empresas neutralicen la subida del salario mínimo mediante la absorción de pluses o complementos, algo que la legislación permite en la actualidad y que el Ministerio de Trabajo también quiere limitar.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguraba este viernes que el real decreto en consulta pública "blindará" legalmente que no se pueda absorber la subida del SMI vía pluses o complementos.

"Si una persona cobra un plus de peligrosidad ese plus no debe desaparecer cuando sube el SMI (...) Vamos a subir el SMI y lo vamos a blindar para que la subida sea real", añadía Díaz.

A falta del texto legal, la consulta previa del real decreto dice que hay que "cumplir con la totalidad de los objetivos prescritos en la norma europea en materia de negociación colectiva informada, afectación de las reglas de compensación y absorción en los complementos salariales, valores de referencia indicativos, órgano consultivo de asesoramiento y tasa de cobertura".

La directiva no incluye referencia explícita a la absorción de complementos, en tanto que el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que "operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia".

La jurisprudencia lo avala, salvo en el caso de los complementos que no tienen que ver con las condiciones laborales y que se consideran extrasalariales, como las dietas o las ayudas al transporte. EFECOM

(Recursos de archivo en www.lafototeca.com cód 23180535 y otros)

Diciembre 13, 2025 • 2 días atrás por: Infobae.com 35 visitas

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