Ley SBAP: Proyecto de Ley de «Reconstrucción Nacional» retrasa su implementación

El Ciudadano

Por María Isabel Manzur, Chile Sustentable

La implementación de la Ley 21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), ha dado paso a la instalación progresiva de una nueva institucionalidad ambiental en el país, orientada a la gestión y conservación de la biodiversidad.

En este contexto, se han desarrollado instrumentos administrativos y normativos que permiten la operatividad del SBAP, junto con la definición de procedimientos asociados al Sistema Nacional de Áreas Protegidas. A la fecha, el proceso presenta avances relevantes en la instalación institucional, junto con etapas en desarrollo en materia normativa, administrativa y de gestión territorial.

Durante 2024, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) elaboró tres decretos que permitieron la entrada en funcionamiento del SBAP. En 2025 se designó a su primer Director Nacional, y el servicio inició formalmente sus funciones el 1 de febrero de 2026. Actualmente, el servicio cuenta con un nuevo director tras la solicitud de renuncia del anterior.

Entre 2024 y 2025, el MMA avanzó en la elaboración de 17 reglamentos vinculados a 23 artículos de la ley. De estos, uno ha sido publicado en el Diario Oficial, mientras que los restantes continúan en distintas etapas del proceso administrativo. Dicho proceso debía haber concluido a septiembre de 2025, lo que ha generado un importante retraso.

Asimismo, 12 reglamentos que se encontraban en la Contraloría General de la República para toma de razón fueron retirados para revisión por el gobierno actual, lo que implica una reprogramación de su tramitación. Adicionalmente, permanecen en desarrollo 4 reglamentos: Sitios Prioritarios, Áreas Protegidas, Concesiones y Permisos, y Clasificación de Especies.

El 22 de abril del presente, el gobierno presentó el proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social que introduce ajustes a los plazos de implementación de la Ley N°21.600, con el fin de otorgar mayor gradualidad a la entrada en vigencia de sus instrumentos y normativas reglamentarias.

En el caso de los reglamentos, el proyecto de ley amplía el plazo general para la dictación de estos, estableciendo un periodo de 4 años contado desde su publicación. Esto significa que la dictación de los reglamentos que debía estar concluida en 2025 se retrasa dos años más, para el año 2027, lo cual afectará y paralizará la implementación de la ley.

Áreas protegidas

En el marco de la Ley N° 21.755 de Simplificación Regulatoria, se adelantó a 2026 el traspaso del personal y de las áreas protegidas desde la Corporación Nacional Forestal (Conaf) al SBAP. Un decreto publicado el 3 de marzo de 2026 establece que este proceso se hará efectivo a partir del 1 de agosto del presente año.

El traspaso considera a 505 funcionarios y la gestión de más de 100 áreas protegidas, incluyendo Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales.

El proceso fue precedido por un año de coordinación interinstitucional y contempla etapas adicionales, como el traspaso de bienes asociados a la gestión de estas áreas.

Durante 2025, el MMA avanzó en la identificación de 99 sitios prioritarios, de un total de 350, los cuales serían incorporados al marco regulatorio de la Ley 21.600. Este listado fue sometido a consulta pública, instancia en la que se recibieron cerca de 10.000 observaciones.

El proceso se encuentra actualmente en revisión, incluyendo el análisis de los antecedentes recopilados y la evaluación de las bases metodológicas técnico-científicas utilizadas. En este contexto, se ha informado la suspensión temporal de la definición de los sitios prioritarios preexistentes.

Asimismo, se encuentran en tramitación iniciativas legales orientadas a regular la declaración de nuevos sitios prioritarios y la recalificación de los existentes, en función de la dictación del reglamento correspondiente.

La ley establece un plazo de 5 años, hasta septiembre de 2029, para la homologación de las áreas protegidas que no quedaron inicialmente bajo el nuevo sistema, mediante su recategorización en las 6 categorías definidas por la normativa. Este proceso incluye figuras como Santuarios de la Naturaleza, Bienes Nacionales Protegidos, Sitios Ramsar, Parques Marinos, Parques Nacionales de Turismo, Reservas Marinas, Reservas Forestales y Áreas Marinas y Costeras Protegidas.

A la fecha, se han desarrollado estudios para definir criterios de homologación, particularmente en Santuarios de la Naturaleza y Bienes Nacionales Protegidos. En diciembre de 2025 se acordó avanzar en la homologación de los primeros seis Santuarios, y en marzo de 2026 se concretó la primera recategorización, correspondiente al Monumento Natural Quebrada de la Plata.

En vista de estos avances, sería necesario poder continuar con los pasos necesarios para la implementación de la Ley 21.600. El año 2026 trae importantes desafíos como es el traspaso de las áreas protegidas y personal de Conaf, la homologación de los Santuarios de la Naturaleza, reponer los reglamentos retirados y terminar de elaborar los faltantes.

En cuanto a los reglamentos, sin embargo, el proyecto de ley de Reconstrucción Nacional está dando una señal de alerta, respecto a una falta de disposición del gobierno actual de avanzar en la elaboración de estos reglamentos, lo que incluye reponer los que fueron retirados y terminar de elaborar los faltantes durante este año 2026, lo que viene a retrasar y paralizar la implementación de la Ley 21.600.

La conservación de la biodiversidad asegura un desarrollo económico sustentable de una nación, ya que mantiene y aumenta sus riquezas naturales. Eso fue entendido por el Congreso Nacional al aprobar esta importante ley el año 2023.

María Isabel Manzur, Chile Sustentable
Foto Portada: Luna Pérez, Parque Nacional Pali Aike

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Abril 29, 2026 • 2 horas atrás por: ElCiudadano.cl 26 visitas 2047993

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