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“No se avisora ningún tipo de influencia”: la réplica del juez que rechazó incautar los teléfonos de Allende, Fernández y Crispi

“No se avisora ningún tipo de influencia”: la réplica del juez que rechazó incautar los teléfonos de Allende, Fernández y Crispi

El 27 de febrero pasado, el juez Cristian Azócar Carmona del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó una diligencia clave que había sido pedida por el fiscal adjunto de Coquimbo, Ricardo Soto, en el marco de la investigación por la frustrada compra de parte del fisco de la casa de Salvador Allende para convertirla en un museo.

Tal como ayer reveló La Tercera, la indagatoria por presunto tráfico de influencias se originó en una escucha telefónica del 7 de enero pasado al número que utilizaba el entonces jefe de asesores del segundo piso de La Moneda, Miguel Crispi (FA), autorizada por un juez de garantía de Antofagasta en el contexto del caso ProCutura, donde Crispi también es investigado.

6 ENERO 2025

JEFE DE ASESORES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, MIGUEL CRISPI, DURANTE COMISION INVESTIGADORA DE PROCULTURA.. 

FOTO: DEDVI MISSENE

En medio de esas diligencias, la Brigada Anticorrupción de la PDI plasmó en un informe policial que ese día Crispi recibió una llamada de su madre, la socióloga y exministra Claudia Serrano (PS).

“O sea (Isabel Allende) llamó hasta al portero del Ministerio. Weveando, weveando, weveando, que se haga, que se haga, que se haga así… Ella tiene mucha responsabilidad y también el abogado de la familia Allende”, dijo Crispi a su madre sobre el proceso, además de calificar a la familia Allende como “totalmente incompetente”.

Con este insumo en mano -más una serie de otros antecedentes- Soto solicitó al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago incautar los teléfonos móviles de las entonces senadora y ministra de Defensa, Isabel Allende (PS) y Maya Fernández (PS), respectivamente. Además, el fiscal pidió acceder también al equipo móvil de Miguel Crispi, todos en ejercicio al momento de la solicitud.

Los argumentos del juez

“No ha lugar” fue la respuesta con la que el juez Cristian Azócar rechazó el requerimiento de Soto. Pero además, Azócar rebatió uno a uno los argumentos planteados por el fiscal adjunto de Coquimbo en su requerimiento.

“Con los antecedentes invocados por el Ministerio Público no se avizora por este sentenciador que haya existido algún tipo de influencia por parte de los encartados que dé cuenta de algún tipo de aprovechamiento o prevalimiento de su función, relación jerárquica o personal con el empleado que debe adoptar la decisión, en este caso, S.E. el Presidente de la República”, dictaminó el magistrado.

Presidente Boric elogió a Isabel Allende y la defendió de cuestionamientos. (Fotos: Aton / La Tercera)

Además, Azócar argumentó que de los antecedentes presentados por el fiscal se puede concluir que “la decisión de acelerar el proceso y la alteración de la partida presupuestaria hacia el Ministerio de Bienes Nacionales se produce por instrucción del Jefe de Estado en cuanto a fin primordial de su mandato”.

El rol de Allende y Fernández

El magistrado también se detuvo a analizar las actuaciones de la exsenadora Allende y la exministra Fernández en el proceso: “no existen antecedentes suficientes que den cuenta de particular intervención en el hecho, toda vez que únicamente se ha indicado por parte del Ministerio Público la llamada telefónica efectuada por el Sr. Crispi, que la designa como una incompetente y de las eventuales presiones que habría ejercido la senadora Allende sobre la cartera de Bienes Nacionales”.

Además, el juez Azócar sostuvo que según la doctrina para configurar el supuesto tráfico de influencias, “dicha influencia debe estar circunscrita en relación al cargo que ejerce, su jerarquía o relación personal con dicha cartera, cuestiones que en virtud de la separación de funciones del Estado es posible descartar en esta etapa procesal”, por tratarse en caso de Isabel Allende, de una senadora.

Más aún, sostuvo el magistrado, “cuando la intervención de estas mismas resulta inevitable respecto de la orden presidencial por ser las comuneras de la comunidad hereditaria del Presidente Salvador Allende Gossens”. Azócar también descartó que los “vínculos de afinidad política” entre los involucrados en el proceso hagan presumible su participación en algún delito.

Por último, con respecto al aumento de valor de la vivienda que como dio a conocer La Tercera en marzo pasado, subió de $828 millones a $922 millones en sólo dos semanas, el juez Azócar dictaminó que “los antecedentes aportados no dan cuenta de eventuales presiones indebidas respecto del avalúo del inmueble, toda vez que el envío de un escrito a fin de oponer objeciones respecto del precio de tasación y avalúo de este no puede estimarse per se como tal, tratándose de una petición dentro de los márgenes permitidos al vendedor en todo proceso de compra, inclusive en la expropiación".

Fuente

LaTercera.com

LaTercera.com

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