"Prefiero vivir en la furgoneta con mi gato": la crisis de vivienda en el Pirineo abre el debate sobre los límites de acampar

"Soy temporera y vengo a trabajar el Valle de Tena. Los alquileres están a 800 euros y no voy a compartir piso. Prefiero vivir en la furgoneta con mi gato (...) No entiendo por qué ponen el foco en mí cuando no incumplo la normativa". 

Las palabras son las de una mujer indignada. Una a la que a Guardia Civil le reclama movimiento al entender que está acampando ilegalmente. Una que, si es cierto lo que cuenta en el vídeo, tiene toda la razón y la normativa de su lado. 

¿Que pasó? El vídeo lo lleva a X un usuario de la red social y en él se ve a una mujer que entre ironía e indignación explica que trabaja como temporera en el Valle de Tena (Huesca), que vive en su furgoneta y que la Guardia Civil le está pidiendo que se vaya porque, supuestamente, está acampando. 

En el vídeo se observa la charla entre la mujer y uno de los agentes. Él defiende que "lleva ya mes y medio" y que "eso se puede considerar acampada". Ella, por su parte, alega que no saca ningún elemento al exterior y que además se mueve, lo que también reconoce el agente. 

"Los alquileres están a 800 euros". En su vídeo, la protagonista apunta a que el coste de la vivienda está altísimo en el Valle de Tena y que no quiere compartir piso. "Prefiero vivir en la furgoneta con mi gato", recalca. 

Lo cierto es que este enclave justo al lado de los Pirineos está muy tensionado. De hecho, hace tan solo unos meses que nació Vivienda Digna Viello Aragón en defensa del acceso a la vivienda en esta zona aragonesa. Apuntan a que la zona está de turistas. El problema no es solo cuestión de segundas residencias poco utilizadas. El colectivo señala que los propios fondos europeos dedicados al turismo sostenible está provocando la atracción de más y más visitantes con la reconversión en apartamentos y casas como complejos rurales, lo que agudiza el conflicto. 

Defienden que se debe detener la entrega de nuevas licencias de uso turístico, proponen la creación de una bolsa de viviendas públicas, declarar la región como zona tensionada para poder controlar los precios y castigar a los propietarios de más de cuatro inmuebles de uso residencial que tengan las viviendas vacías. El objetivo final es facilitar el acceso a la vivienda y que la economía pueda diversificarse para no vivir únicamente del turismo. 

Sí, la ley está de su lado (más o menos). Lo cierto es que si la autora del vídeo cumple con lo que dice, la ley está de su lado. Tal y como explican los compañeros de Motorpasión, no hay ninguna normativa en la que se especifique un tiempo máximo en el que una persona puede pernoctar dentro de su coche. Porque acampar en un lugar no habilitado para ello es ilegal pero pernoctar sí está permitido. 

La Instrucción PROT 2023/14 es la que recoge estas diferencias. En ella se señala que "estacionar no es acampar" siempre y cuando: 

  1. Que el vehículo, con el motor parado, sólo esté en contacto con el suelo a través de las ruedas (no se utilizan las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio, salvo los calzos, previstos por el Reglamento General de Circulación).
  2. Que el vehículo no ocupe más superficie que la que ocupa cerrado, es decir, sin el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc., elementos que pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo, entendido este como la proyección en planta del mismo.
  3. Que el vehículo no emita ningún tipo de fluidos o ruidos al exterior.

Un pero. Y es que, a continuación, la instrucción también señala lo siguiente: 

Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las facultades de los ayuntamientos, a través de su reglamentación municipal, para limitar o regular, sin carácter discriminatorio por el tipo de vehículo, los puntos de parada y estacionamiento bajo criterios de ordenación física del tráfico, del comercio o por criterios medioambientales, o con la finalidad de favorecer la llegada de este tipo de turismo de autocaravana, estableciendo a tal fin, zonas o áreas de estacionamiento o, en su caso, acampada.
Así mismo se tendrán en cuenta las normativas autonómicas que se hayan aprobado o pudieran aprobarse con finalidad de promoción turística en el territorio nacional, para fomentar un nuevo tipo de alojamiento que en todo caso coexistirán con la plena aplicación de la legislación nacional sobre tráfico y seguridad vial y en especial la normativa relativa a las maniobras de parada y estacionamiento.

El asunto aquí es un poco más delicado porque en el vídeo no se explica la situación respecto a cualquiera de estos conceptos. Lo que deja claro la instrucción es que el Ayuntamiento puede delimitar dónde puede estacionar una autocaravana. En las imágenes se intuye que la furgoneta se encuentra en las afueras de un pueblo pero no está claro si ahí, concretamente, el vehículo puede o no estar estacionado. Sin conocer el municipio, tampoco sabemos si la ordenanza de movilidad del pueblo impone un máximo de tiempo al estacionamiento.

En el caso de no querer estacionar en el pueblo, la situación es más delicada. En este caso, la normativa regional obliga a pernoctar en un área habilitada expresamente para ello ya que el Valle de Tena es un espacio medioambiental protegido. 

¿Qué sacamos en claro? En un municipio, una persona puede pernoctar sin ningún problema dentro de su coche o caravana siempre y cuando el vehículo se encuentre estacionado correctamente y no saque pertenencias y objetos al exterior (desde sillas a toldos). En ese caso se considera que el conductor está acampando y eso solo se puede hacer en una zona habilitada para ello. 

Por lo tanto, vivir dentro de una furgoneta y hacer vida en la misma no es ilegal siempre y cuando no se generen ruidos o fluidos que se emitan al exterior. Eso sí, el vehículo debe estar aparcado sin contravenir ninguna normativa municipal y eso implica, por ejemplo, que tendrá que moverse si ésta marca un tiempo máximo de estacionamiento. 

Por ejemplo, en la normativa de la ciudad de Madrid se especifica que esta prohibido estacionar "en un mismo lugar de la vía pública durante más de cinco días consecutivos, a cuyo efecto sólo se computarán los días hábiles, excluyéndose los sábados, los domingos y los declarados festivos (...) En los lugares autorizados dentro de los parques públicos o zonas verdes, el plazo máximo de estacionamiento en un mismo lugar será de cuarenta y ocho horas". En casos como este, el vehículo tiene que irse moviendo jugando con el máximo de tiempo permitido.

Foto | Silvan Schuppisser y Alberto-g-rovi

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La noticia "Prefiero vivir en la furgoneta con mi gato": la crisis de vivienda en el Pirineo abre el debate sobre los límites de acampar fue publicada originalmente en Xataka por Alberto de la Torre .

Enero 14, 2026 • 2 horas atrás por: Xataka.com 13 visitas

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