El Ciudadano
Acción judicial apunta a los generales Pedro Varela y Javier Iturriaga por mantener en trámite un retiro por enfermedad para el capitán José Faúndez, condenado a 15 años de presidio, ignorando las órdenes del Gobierno y de la Corte Suprema de darle de baja inmediata.
La abogada de la familia de Romario Veloz, Adriana Rojas, interpuso una querella por el delito de desacato ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago contra el Comandante en Jefe del Ejército, Pedro Varela Sabando, y el General Javier Iturriaga del Campo, por no haber ejecutado la expulsión de la institución del capitán José Santiago Faúndez Sepúlveda, quien fue condenado penalmente en 2023.
Cabe recordar que el capitán José Santiago Faúndez fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena a 15 años de presidio mayor como autor de violencia innecesaria con resultado de muerte en el caso de Romario Veloz y lesiones graves contra otras dos personas durante el Estallido Social de 2019. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, e incluía la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
La querella explica que en lugar de dar de baja a Faúndez inmediatamente por la condena judicial, el Ejército inició de forma posterior un trámite interno para otorgarle un “retiro absoluto por inutilidad” (enfermedad permanente que se habría producido en servicio). La querella acusa que esto es una maniobra incompatible para rehuir el fallo penal y mantener una situación funcionaria irregular, lo cual fue alertado y rechazado tanto por la Subsecretaría de Fuerzas Armadas como por la Corte Suprema en enero de 2026.
Los hechos detallados en la querella señalan que el Ejército de Chile emitió dos respuestas oficiales a solicitudes de acceso a la información pública (vía Ley de Transparencia) con fechas 27 de abril y 19 de mayo de 2026. En ambos oficios la institución admite explícitamente que el retiro absoluto del capitán José Santiago Faúndez Sepúlveda “se encuentra en tramitación”.
El argumento del Ejército para no entregar los documentos detallados anteriormente fue que se trataba de antecedentes o deliberaciones previas a una resolución que aún estaba pendiente, lo que dejó en evidencia y por escrito que —para la institución— el oficial seguía en un proceso de retiro ordinario y no desvinculado por la pena judicial.
Cabe destacar que el retraso de este incumplimiento es de más de un año. De hecho el 12 de febrero de 2025, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas devolvió los antecedentes al Ejército mediante un oficio que instruía explícitamente que se aplicara la causal de inhabilidad sobreviniente, es decir, darlo de baja por la condena. Esta instrucción fue reiterada por el mismo organismo gubernamental el 25 de septiembre de 2025.
Y el caso no termina ahí. El propio Faúndez presentó un recurso de protección para intentar forzar su retiro por razones de salud. Sin embargo, el 13 de enero de este año la Corte Suprema rechazó definitivamente la acción, al concluir que dicha vía era improcedente frente a una condena penal ejecutoriada.
Cabe destacar también que a pesar de tener la orden del gobierno en 2025 y el fallo de la Suprema a inicios de 2026, el Ejército mantuvo el trámite de salud inalterado hasta mayo de este año.
Jubilación por enfermedad: La maniobra para salvar los beneficios del capitán
La querella enfatiza que la situación actual ya superó el margen de una «ineficiencia o demora administrativa de rutina» o una diferencia de interpretación. Además, acusa una conducta omisiva y deliberada por parte del Alto Mando para rehuir los efectos de la sentencia penal que dictó 15 años de presidio e inhabilitación perpetua para cargos públicos.
Asimismo, el documento invoca el artículo 76 de la Constitución, el cual estipula que las autoridades no pueden calificar los fundamentos de los fallos judiciales ni dilatar su cumplimiento. Al intentar sustituir la causal de «baja por condena» por una de «retiro por enfermedad invalidante en acto de servicio» (lo que además altera las condiciones de salida y beneficios), las autoridades del Ejército estarían frustrando materialmente lo ordenado por el tribunal, encajando perfectamente en el delito de desacato del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil.
Justicia para Romario Veloz: El fallo que el Ejército se niega a ejecutar
Cabe recordar que Romario Veloz Cortés era un ciudadano ecuatoriano de 26 años estudiante de Construcción Civil que fue asesinado el 20 de octubre de 2019 en La Serena, en el contexto de protestas del Estallido Social.
De acuerdo con lo establecido por los tribunales, el entonces capitán del Ejército José Santiago Faúndez Sepúlveda ordenó abrir fuego contra civiles que se encontraban en las inmediaciones del Mall Plaza La Serena, utilizando armamento cargado con munición de guerra. Uno de esos disparos impactó a Romario Veloz y le causó la muerte, mientras que otras dos personas resultaron gravemente heridas.
Tras años de investigación y un extenso proceso judicial, la Corte Suprema confirmó en mayo de 2025 la condena de 15 años de presidio efectivo contra Faúndez por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte y por las lesiones graves causadas a otras dos víctimas.
Finalmente, la querella solicita que el Ministerio Público ordene al Ejército de Chile enviar una copia íntegra de todo el expediente administrativo vinculado al capitán Faúndez Sepúlveda, incluyendo los informes médicos de la Comisión de Sanidad, las actas de la Junta de Selección, decretos, resoluciones internas, memorándums y cualquier comunicación institucional sobre su retiro.
Además, la acción judicial requiere que el Ejército informe de manera oficial bajo qué calidad estatuaria se encuentra el condenado actualmente, es decir, si sigue en servicio activo, en retiro o en otra situación. Asimismo, solicitan que indiquen cuál es el fundamento jurídico de dicho estado.
Por otro lado, piden interrogar en calidad de testigos a los funcionarios clave de este entramado. Por un lado, a los oficiales del Ejército que tramitaron el retiro por invalidez para que expliquen por qué no aplicaron la baja por condena; y por otro, a los funcionarios de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas que redactaron los oficios de insistencia en 2025, con el fin de certificar que la orden gubernamental existió y fue desatendida.
Por último, solicitan requerir al Juzgado de Garantía de La Serena una copia autorizada del cuaderno de ejecución de la causa por violaciones a los derechos humanos con el fin de dejar constancia de todas las notificaciones que se le enviaron formalmente al Ejército ordenando cumplir el fallo.
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La entrada Querellan al Alto Mando del Ejército por desacato: Acusan maniobra para rehuir condena de capitán del Estallido Social se publicó primero en El Ciudadano.
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