Vamos a explicarte en qué casos un agente puede acceder a los datos de tu móvil cuando están haciendo un registro. Tanto la Policía como la Guardia Civil van a poder retener tu dispositivo en algunos casos, pero otra cosa diferente es acceder a sus datos.
Por eso, vamos a decirte las diferencias entre cuándo pueden retener tu dispositivo y cuándo acceder a los datos. También te diremos cómo te protege la Constitución Española, y las excepciones en las que sí podrían acceder a los archivos de tu smartphone.
Los dos aspectos clave que conviene diferenciar son el retener tu dispositivo y el acceder a los datos de este. La Ley de Seguridad Ciudadana (LO 4/2015), en sus artículos 16 a 19, permite que los agentes puedan identificar personas y realizar comprobaciones o registros en sus bienes y vehículos para prevenir delitos.
Esto quiere decir que la Policía o la Guardia Civil podrían incautar tu móvil si tienen algún indicio de que esté vinculado con un delito grave, pudiéndolo asegurar como una prueba natural. Vamos, que lo pueden coger e incluso se lo pueden llevar.
Pero otra cosa diferente es acceder a él. Encender la pantalla de tu móvil y explorar sus archivos no es tan fácil, y van a necesitar una autorización judicial previa y motivada, tal y como establece el artículo 288 sexies c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esto lo respalda la sentencia 489/2018 del Tribunal Supremo, que diferencia entre incautar el hardware y leer chats o volcar datos.
¿Y por qué? Pues por la Constitución Española, que en su artículo 18.1 garantiza tu derecho a la intimidad, y en el 18.3 protege el secreto de tus comunicaciones. Además, el artículo 18.4 limita el uso de la informática para garantizar el honor.
Desde hace unos años tenemos la app de miDGT, que es oficial y permite usarse cuando quieras enseñarle a un policía tu permiso de conducir. Porque esto sí te lo pueden pedir, y si no lo tienes en formato físico puedes usar esta aplicación. Esto supone darles el móvil para que la miren y la comprueben.
En este caso, enseñar tu documentación en la pantalla de tu móvil no le da a los agentes permiso para revisar el resto del dispositivo. Vamos, que no van a poder cerrar esa aplicación y ponerse a abrir otras.
Por último, en el caso de que seamos conductores y nos hayan parado para inspeccionarnos, no tenemos la obligación de entregar el móvil desbloqueado durante esta parada.
De la misma manera, tampoco te pueden multar por negarte a darles acceso a tu teléfono móvil. Vamos, que no pueden obligarte a que les enseñes nada de tu dispositivo, ni el contenido de tus archivos ni el de otra aplicación.
Eso sí, también existen algunas excepciones muy limitadas, casos concretos en los que sí podrían acceder al contenido de tu dispositivo. Son los siguientes:
Con el segundo dato, debe quedar clara una cosa. No pueden pedirte acceder a tu móvil en un control de velocidad o alcohol, esto nunca justifica esta medida. Tendrá que tratarse de otro caso, y cuando estés cometiendo un delito flagrante.
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La noticia
Registrar tu móvil en un control de tráfico: qué pueden hacer la Policía o Guardia Civil y cuándo pueden acceder a tus datos
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Yúbal Fernández
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