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Repudiar a un padre

El Ciudadano

Por Natalia Reyes Inostroza

Un joven de 18 años llega con una pregunta que, en realidad, es mucho más que una pregunta jurídica. En su certificado de nacimiento figura un padre con el que nunca tuvo relación. Durante su infancia hubo ausencia, episodios de violencia y ningún tipo de responsabilidad. Quien estuvo presente fue otra persona: el hombre que lo crió, que lo acompañó en el colegio, que estuvo en los momentos importantes de su vida.

Cuando cumplió la mayoría de edad quiso hacer algo simple, pero profundamente simbólico. Que su historia familiar también se reflejara en el papel.

La ley chilena contempla una figura poco conocida que permite hacerlo: la repudiación de filiación. Entre los 18 años y el día previo a cumplir los 19, una persona puede repudiar al padre que la reconoció al nacer. El efecto es inmediato. La filiación paterna desaparece del registro civil y el certificado de nacimiento queda únicamente con la filiación materna. Si existe un padre de crianza, esa persona puede luego reconocer al hijo y establecer una nueva filiación.

El procedimiento es sencillo en términos formales, pero revela algo mucho más profundo sobre la forma en que entendemos la familia. Durante mucho tiempo la filiación ha sido tratada como un dato fijo, determinado por un reconocimiento al momento del nacimiento y difícil de alterar. Sin embargo, la vida familiar rara vez funciona de manera tan ordenada.

Existen padres biológicos que nunca ejercen ningún rol en la vida de sus hijos. Existen también adultos que asumen la crianza completa de un niño sin figurar en ningún registro. Y existen jóvenes que llegan a la adultez con historias familiares que no coinciden con lo que dice su certificado de nacimiento.

Cuando esas realidades chocan con la estructura legal aparecen tensiones evidentes. La filiación puede mantenerse intacta en el papel aun cuando el vínculo afectivo nunca existió. Al mismo tiempo, los lazos de cuidado que sostienen la vida cotidiana de muchos niños quedan invisibles para el derecho.

No se trata de borrar el pasado ni de negar el origen biológico. Se trata de permitir que una persona pueda ordenar su identidad jurídica de acuerdo con la historia que realmente vivió.

La repudiación de filiación permite, al menos en ciertos casos, corregir esa distancia. No se trata de borrar el pasado ni de negar el origen biológico. Se trata de permitir que una persona pueda ordenar su identidad jurídica de acuerdo con la historia que realmente vivió.

El caso del joven que decide repudiar al padre que lo reconoció y luego ser reconocido por quien lo crió muestra con claridad ese punto. No es una operación legal fría. Es una decisión profundamente personal que busca que la identidad legal refleje también los vínculos que marcaron una vida.

El problema es que esta posibilidad existe en un margen muy estrecho. El plazo dura apenas un año desde que se cumple la mayoría de edad. Pasado ese momento, las alternativas jurídicas son mucho más complejas y muchas veces implican procesos judiciales largos e inciertos. En la práctica, muchas personas ni siquiera saben que esta opción existe.

Por eso la repudiación de filiación deja una pregunta abierta sobre cómo el derecho aborda las transformaciones de la vida familiar. Los registros legales necesitan estabilidad, pero las familias reales están hechas de trayectorias mucho más diversas.

A veces la ley llega tarde a reconocerlo. Otras veces abre pequeñas ventanas para hacerlo. En ese espacio se sitúan decisiones como la de este joven: ajustar su historia jurídica a la historia real de su vida. Porque la identidad de una persona no se construye solo en un registro civil. También se construye en los vínculos que la acompañaron al crecer.

Por Natalia Reyes Inostroza

Abogada


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Abril 6, 2026 • 1 hora atrás por: ElCiudadano.cl 22 visitas 1966959

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