Sancionan a dos turistas por volar drones en la histórica Mezquita-Catedral de Córdoba

Córdoba (España), 23 mar (EFE).- La Policía española ha propuesto para sanción a dos personas que realizaban turismo en Córdoba, en el sur del país, por el uso no autorizado de drones en el interior del complejo de la Mezquita-Catedral de la capital cordobesa, un monumento histórico declarado Patrimonio de la Humanidad en 1984.

Los hechos detectados podrían constituir infracciones administrativas en materia de seguridad aérea, pudiendo ser calificadas como graves o muy graves, y que están sujetas a multas que oscilan entre los 600 y los 60.000 euros (700-69.600 dólares), en función de la conducta de los infractores y del riesgo generado.

Según informó este lunes la comisaría provincial de la Policía Nacional, los hechos ocurrieron durante el fin de semana en el Patio de Los Naranjos de la Mezquita-Catedral de Córdoba.

El primero de los sucesos se produjo en torno al mediodía del sábado, cuando el personal de seguridad del monumento detectó que un dron sobrevolaba el interior del recinto.

Un hecho similar ocurrió al día siguiente, cuando de nuevo se detectó el vuelo de un dron en el mismo lugar.

Agentes de la Policía Nacional comprobaron que las dos personas que volaron los aparatos carecían de las autorizaciones necesarias para grabar, dado que el vuelo no había sido previamente comunicado al Ministerio del Interior ni se había informado a la autoridad aeroportuaria competente.

La Mezquita-Catedral de Córdoba constituye un enclave de especial sensibilidad, tanto por su valor histórico-artístico como por la elevada afluencia de visitantes.

Para poder utilizar un dron en este espacio resulta imprescindible, además de cumplir con la normativa aeronáutica, contar con autorización expresa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), así como con el permiso del Cabildo Catedralicio.

El uso de aeronaves pilotadas por control remoto se encuentra regulado en España por la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, así como por la normativa específica de aplicación en materia de operaciones con drones.

Dicha legislación establece la obligatoriedad de cumplir una serie de requisitos para poder usar este tipo de dispositivos, entre ellos la formación y registro como operador y la obtención de las autorizaciones correspondientes en función del lugar de vuelo. EFE

Marzo 23, 2026 • 3 horas atrás por: Infobae.com 1 visitas 1908862

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