Santiago: Condenan a 7 años de cárcel a capitán de Carabineros que disparó y cegó ojo izquierdo a una persona en octubre de 2019

El Ciudadano

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al capitán de Carabineros Pablo Andrés Carvajal Díaz a la pena de cumplimiento efectivo de 7 años de cárcel, como autor del delito consumado de apremios ilegítimos calificados, cometido en octubre de 2019, en el centro de la comuna capital.

En fallo unánime (causa rol 314-2024), el tribunal –integrado por los jueces Pedro Suárez Nieto (presidente), Cheryl Fernández Albornoz e Isabel Espinoza Morales (redactora)– aplicó además al carabinero las sanciones accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure su condena.

Asimismo, en la causa, el tribunal rechazó la acusación particular formulada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que calificaba jurídicamente los hechos como constitutivos del delito de lesiones graves gravísimas con ocasión de tortura. 

Los hechos

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 20:48 horas del 28 de octubre de 2029, el acusado, capitán de Carabineros en esa época, «se dirige hacia Alameda Libertador Bernardo O´Higgins, calzada norte, entre las calles Tenderini y San Antonio en la comuna de Santiago, a efectos de verificar un supuesto intento de saqueo de la tienda Hites».

«Al lugar concurre además al menos otro vehículo táctico de similares características, y el carro lanza aguas singularizado como LA-50, todos los cuales se ubican en la calzada norte de avenida Libertador Bernardo O’Higgins, entre la altura de la numeración 757 y la numeración 799 (que corresponde a una farmacia Salcobrand)», agrega el fallo. 

En ese sector, continúa el texto, «es que el imputado, junto con el sargento Rafael Guzmán Cruz, descienden del vehículo táctico ya indicado. Cabe acotar que no se detectó delito flagrante alguno contra la propiedad de tal suerte que por tales hechos no se formula denuncia al Ministerio Público». 

«El sargento Guzmán portaba al momento de descender del vehículo una carabina lanza gases o stopper, en tanto que el imputado Carvajal Díaz, portaba una escopeta marca Hatsan, modelo escort, para munición menos letal de 12 mm».

«La víctima, por su parte, se encontraba en la intersección de las calles San Antonio con avenida Libertador Bernardo O´Higgins, vereda oriente, y en ese lugar procede a lanzar un elemento (trozo de lata) contra uno de los vehículos blindados de Carabineros, tras lo cual, encontrándose de frente a él, y a una distancia de 13,9 metros, sin que medie agresión alguna ni presencia de terceros, el imputado apuntando su arma de fuego en 90° en dirección a la víctima y efectúa un disparo en su rostro, producto del cual uno de los perdigones impacta y penetra en la parte inferior de su ojo izquierdo, para luego, y una vez que la víctima se encontraba de espaldas, dispararle específicamente en su escápula y glúteo derechos», detalla la resolución. 

La víctima, producto de la agresión, «sufrió en su ojo izquierdo un traumatismo ocular grave por proyectil (balín) en órbita, que evoluciona con retinopatía esclopetaria, la cual compromete la zona central de la retina (mácula) con pérdida de agudeza visual total e irrecuperable del ojo izquierdo y pérdida de la visión estereoscópica, a dos años de ocurrido el traumatismo». 

Actualmente, indica el tribunal, la víctima «presenta en el ojo izquierdo la pérdida completa de su función visual, lo que constituye ceguera de carácter permanente e irrecuperable», déficit visual que lo incapacita «para el desempeño de cualquier actividad que requiera visión de profundidad (estereoscópica) y amplio campo visual, e implica que requerirá de por vida rehabilitación, controles y tratamientos oftalmológicos, así como apoyo y terapias psicológicas». 

Finalmente, el fallo establece que «el elemento lesionador, que provocó el trauma orbitario izquierdo, con fractura del piso de la órbita y compromiso del nervio orbitario inferior, fue extraído mediante cirugía efectuada en la unidad de trauma ocular (UTO) del Hospital del Salvador con fecha 13 de noviembre de 2019».

Revisa el fallo completo AQUÍ

El Ciudadano / Foto Portada: Referencial (archivo)

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Marzo 3, 2026 • 1 hora atrás por: ElCiudadano.cl 21 visitas 1845882

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