El artículo establece que la Tesorería General de la República distribuirá los recursos, de tal forma que cada municipio reciba "la misma proporción que les habría correspondido sobre la recaudación dejada de percibir". Ahora restaría para la megarreforma la votación de los vetos supresivos del Ejecutivo y la determinación del TC sobre los artículos impugnados por la oposición.
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