Pamplona, 25 jun (EFE).- La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 7 años de prisión a un acusado que grabó desnudas a sus cuatro compañeras de piso en Tudela, tras haber colocado diversas microcámaras de vídeo en los servicios enfocadas hacia la ducha, y posteriormente difundió al menos 103 imágenes y un vídeo a través de un servicio de mensajería instantánea.
Los hechos declarados probados en la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, las acusaciones particulares y la defensa, son constitutivos de cuatro delitos continuados contra la intimidad, penados cada uno de ellos con 1 año y 9 meses de prisión.
En la determinación de las penas, se ha apreciado la agravante de abuso de confianza, así como las atenuantes de reparación del daño, analógica de confesión y alteración psíquica, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
El encausado, de 23 años, no podrá comunicarse ni acercarse a las víctimas a menos de 200 metros durante 5 años y, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con 23.000 euros a tres de ellas y con 33.000 a la cuarta por el daño moral ocasionado, esto es, un total de 102.000 euros.
En una fecha indeterminada, entre el año 2021 y el mes de octubre de 2022, el inculpado compartía piso con cuatro mujeres en Tudela y en ese tiempo, según la resolución judicial, obtuvo un total de 160 vídeos y 966 imágenes procedentes de las grabaciones efectuadas en los baños y estancias que ocupaban habitualmente las perjudicadas y donde aparecían total o parcialmente desnudas o en situaciones de la más estricta intimidad.
El acusado, además, "procedió a enviar a una persona, cuya identidad no ha podido determinarse, al menos 85 imágenes en las que aparecían ellas, con la finalidad de someterlas a un proceso de edición, incorporando elementos y contenidos (textos, viñetas, imágenes, etc.) de carácter sexual especialmente vejatorio”, añade la sentencia.
Asimismo compartió al menos 103 imágenes y un vídeo de índole íntimo con once personas a través de un servicio de mensajería instantánea.
En el momento de los hechos, el condenado padecía un trastorno por comportamiento sexual compulsivo.
El procesado, según recoge la sentencia, “reconoce expresamente la realidad de los hechos anteriormente descritos y asume, sin ambigüedad, su responsabilidad por las conductas en las que participó. También deja constancia de su profundo y sincero arrepentimiento, del rechazo absoluto de sus propios actos y de la plena conciencia del daño causado a las perjudicadas”.
Con anterioridad al juicio había consignado 54.000 euros para su entrega a las perjudicadas en concepto de indemnización. Tras el pacto alcanzado entre las acusaciones y las defensas, ha asumido el compromiso de ingresar la cantidad restante —48.000 euros— en el plazo de un mes.
En virtud del acuerdo suscrito, no ingresará en prisión a condición de que no delinca en 5 años, abone en un mes la citada cantidad indemnizatoria, cumpla las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participe en un programa formativo de educación sexual. EFE
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