El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta rechazó un recurso de reclamación presentado por Codelco, con lo cual ratificó una multa de $1.500 millones aplicada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) hace ocho años, al descubrir graves incumplimientos en la fundición Potrerillos, perteneciente a la división Salvador, en la Región de Atacama.
El caso se remonta a 2018, cuando producto de varias denuncias interpuestas en julio de ese año, el organismo regulador inspeccionó las instalaciones de la fundición.
Tres años después, en abril de 2021 la SMA abrió un expediente sancionatorio donde formuló dos cargos graves y tres leves, relacionados con incumplimientos por el manejo de líquidos residuales. Entre los graves, se descubrió un derrame de aguas de su planta de flotación de escorias de cobre y una descarga no autorizada de aguas industriales, así como una limpieza parcial y tardía de los sectores afectados. Y entre los leves, la no información de datos relevantes relacionados con la emergencia y superación de límites permitidos de descargas.
En diciembre de 2021, tras recibir los recargos de la empresa estatal, la SMA decidió aplicar una multa de 1.850 unidades tributarios anuales (equivalente hoy a casi $1.524 millones) por un cargo grave y dos leves.
En febrero de 2022, Codelco presentó un recurso de reposición administrativa para reclamar la sanción ante el propio órgano regulador, que fue rechazado por la SMA un año después.
Así, en marzo de 2023, la estatal recurrió con una reclamación ante el tribunal ambiental, que tres años después emitió su sentencia.
“El Tribunal rechaza en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por la Corporación Nacional del Cobre de Chile, confirmando la legalidad de la Resolución Exenta N° 291/2023 de la Superintendencia del Medio Ambiente, que desestimó el recurso de reposición presentado en contra de la Resolución Exenta N° 2609/2021, del mismo origen, que impuso la sanción de 1.850 unidades tributarias anuales, con ocasión del funcionamiento de la unidad fiscalizable “Codelco Salvador - Potrerillos”, dijo el fallo de la corte especializada fechada el 25 de agosto de 2026.
“La sentencia rechaza los cuestionamientos vinculados a la configuración y clasificación de las infracciones en cuestión, y valida la determinación de las sanciones impuestas a CODELCO, al verificarse que se encontraba debidamente Fojas 2751 dos mil setecientos cincuenta y uno 3 fundada la ponderación de las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA (Ley 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente) que se alegaron”, añadió.

Según el dictamen, la corte confirmó que la unidad de Codelco mantuvo pulpa de concentrado de cobre no final con alto contenido de humedad “fuera del circuito cerrado” que estaba autorizado, y no efectuó “en forma íntegra y oportuna” la limpieza a las quebradas Mina de Cal y El Jardín, respectivamente.
Asimismo, se validó que la SMA calificara de graves las infracciones puesto que “infringían gravemente medidas destinadas a eliminar o minimizar los efectos adversos del proyecto de Codelco”, de acuerdo a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) con la cual opera la fundición.
Y finalmente, confirmó que la decisión y el monto de la multa establecida por la SMA estaba “debidamente motivada”.
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