El Ciudadano
En una comentada resolución, el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno condenó y multó a Radio Biobío por discriminación arbitraria en contra de la machi mapuche Millaray Huichalaf, a quien señalaron en dos reportajes publicados en su sitio web como «la machi de los sacrificios» (septiembre de 2025).
El fallo es histórico pues constituye la primera vez que la Ley 20.609 (Zamudio) se aplica por discriminación étnica a una autoridad ancestral indígena, y es también la primera vez que un medio de comunicación es condenado por esta legislación antidiscriminación.
Desde el Observatorio Ciudadano comentaron el dictamen: «Biobío llamó a una mujer autoridad ancestral mapuche y defensora ambiental, «la machi de lo sacrificios» en dos reportajes. Asoció su rol espiritual mapuche-williche con ‘ritos satánicos’, basándose únicamente en fuentes anónimas».
«El Juzgado de Río Bueno falló: hubo discriminación arbitraria», remarcaron desde el Observatorio Ciudadano.
Uno de los aspectos que llamó la atención fue que la resolución judicial ordenó a la emisora, además de publicar una rectificación reconociendo el efecto discriminador y eliminar el apodo estigmatizante de todas sus plataformas (y reemplazarlo por machi Millaray Huichalaf), a capacitar al 90% de sus periodistas.
«Se ordena al demandado que desarrolle una sesión de capacitación a la que deben asistir al menos el 90% de sus periodistas contratados y freelance o de jornada parcial», se lee en el fallo, donde se establece que «la certificación de haberse realizado esta actividad deberá presentarse en la causa dentro de los 120 días posteriores a que la presente sentencia quede como firme y ejecutoriada».
Sobre el contenido de la capacitación, el tribunal acotó que se debe analizar lo dispuesto en la sentencia «con una duración no inferior a 80 minutos» y que se incluya «una actividad práctica de redacción». Asimismo, se indicó que el curso debe estar a cargo de docentes de la carrera de Derecho de una universidad nacional.
Desde el Observatorio Ciudadano destacaron el precedente que esta decisión establece a nivel judicial: «El tribunal establece que el uso reiterado de comillas y apodos hacia una autoridad indígena no es estilo periodístico, es discriminación. La diversidad de posiciones dentro de un pueblo indígena no habilita a un medio a deslegitimar a una autoridad ancestral».
«Es un estándar nuevo para el tratamiento mediático de mujeres indígenas y autoridades tradicionales», recalcaron desde el OC.
Revisa el fallo completo AQUÍ
La entrada Tribunal condenó a Radio Biobío por discriminación arbitraria a machi: Primera vez en la historia que Ley Zamudio se aplica así en un medio de comunicación se publicó primero en El Ciudadano.
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