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Tribunal de Cundinamarca ordenó publicar declaración de renta de los bienes de altos funcionarios del Gobierno Petro

Tribunal de Cundinamarca ordenó publicar declaración de renta de los bienes de altos funcionarios del Gobierno Petro

La decisión busca garantizar la divulgación de las declaraciones patrimoniales y de renta de ministros y directores del Gobierno, quienes no han cumplido con esta obligación legal según exige la normativa vigente El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena publicar bienes de altos funcionarios para garantizar la transparencia gubernamental  crédito Colprensa

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Departamento Administrativo de la Función Pública (Dafp) publicar las declaraciones de bienes, renta y del impuesto sobre la renta y complementarios de altos funcionarios del Gobierno del presidente Gustavo Petro que no han cumplido con esta obligación legal.

Según informó el Tribunal, esta decisión responde a una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, que denunció el incumplimiento de varios ministros y directores de departamentos administrativos en la divulgación de esta información, tal como lo exige la Ley 2013 de 2019.

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De acuerdo con la Fundación demandante, desde junio de 2024 se había advertido que múltiples altos funcionarios del Gobierno no habían publicado sus declaraciones de bienes y renta en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (Sigep), como lo establece la normativa vigente.

Además, se señaló que el Dafp no ha cumplido con su deber de supervisar y garantizar la actualización de esta información en el sistema.

El Dafp deberá supervisar y reportar infracciones al Sigep, tras las omisiones detectadas en el cumplimiento legal de ministros - crédito Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Esta omisión ha generado críticas sobre el compromiso del Gobierno nacional con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

El Departamento Administrativo de la Función Pública argumentó durante el proceso judicial que la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de esta obligación recaía en los jefes de control interno de cada entidad estatal.

Sin embargo, el Tribunal determinó que es competencia directa del Dafp garantizar el funcionamiento del Sigep y reportar los casos de incumplimiento ante los órganos de control.

En su fallo, el Tribunal verificó que altos funcionarios como Martha Carvajalino, ministra de Agricultura; Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud; y Yesenia Olaya, ministra de Ciencia, no han cumplido con la publicación completa de sus declaraciones, pese a que esta información debería estar disponible en el portal “Por la Integridad Pública – Consulta Ciudadana”.

El fallo judicial establece que el Dafp tiene un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la ejecutoria de la decisión, para cumplir con tres acciones específicas: realizar un seguimiento efectivo al cumplimiento de las entidades públicas en el Sigep, reportar los casos de incumplimiento detectados ante los organismos de control y asegurar la publicación completa de la información exigida por la ley.

El fallo da cinco días al Departamento Administrativo de la Función Pública para solucionar problemas de carga y accesibilidad en el sistema de datos públicos - crédito Departamento Administrativo de la Función Pública (Dafp)

Según el Tribunal, esta medida busca garantizar el acceso público a la información y fortalecer los mecanismos de control ciudadano.

En su decisión, el Tribunal también destacó que el Departamento Administrativo de la Función Pública debe habilitar el acceso al Sigep para todas las entidades públicas que, al momento de la entrada en vigencia de la Ley 2013 de 2019, no habían reportado información en dicho sistema.

Esto incluye la creación, actualización y consulta pública de la lista de las Personas Expuestas Políticamente (PEP) registradas en el Sigep o en el aplicativo correspondiente.

Además, se subrayó que el Dafp tiene la obligación de supervisar la operatividad del sistema y garantizar que las instituciones públicas cumplan con la carga, registro, actualización y gestión de la información.

El director de la Fundación para el Estado de Derecho, Andrés Caro, expresó que la transparencia y la publicidad de la información son pilares fundamentales de una democracia funcional.

Ministros como Martha Carvajalino, Guillermo Alfonso Jaramillo y Yesenia Olaya no cumplen con la ley y sus obligaciones de transparencia - crédito Cristian Bayona/Colprensa

Según Caro, cuando el Gobierno incumple con la publicación de información que por ley debe ser pública, se debilita la confianza ciudadana y los controles institucionales. La Fundación aportó pruebas que permitieron al Tribunal verificar casos concretos de incumplimiento, entre ellos los de los ministros mencionados.

“La transparencia y la publicidad son pilares fundamentales de una democracia sana y funcional. Cuando el gobierno oculta información que por ley debe ser pública, debilita la confianza ciudadana y los controles institucionales”, indicó el representante de la fundación demandante, Andrés Caro.

El Tribunal también señaló que, en algunos casos, el Dafp cargó en la plataforma documentos distintos a los exigidos por la norma, lo que no suple la obligación de publicar las declaraciones completas de bienes y renta.

Según el decreto 1083 de 2015, el Departamento de Función Pública tiene la responsabilidad de garantizar que esta información esté disponible para consulta pública y de reportar cualquier irregularidad a los entes de control.

Esta decisión judicial pone en evidencia las fallas en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte de altos funcionarios del Gobierno y del Dafp, y refuerza la importancia de la rendición de cuentas como un mecanismo esencial para fortalecer la confianza en las instituciones públicas.

Fuente

Infobae.com

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