Cámara aprobó proyecto que aborda el pago de la “deuda histórica” del profesorado

Cámara aprobó proyecto que aborda el pago de la “deuda histórica” del profesorado

Con un contundente apoyo, la Sala de la Cámara aprobó el proyecto, impulsado por el Ejecutivo, que viene a entregar un aporte monetario a profesores y profesoras que no recibieron el pagó de una asignación en los años 80s, acción que pasó a conocerse mayormente como “deuda histórica” del magisterio.

Los informes de las comisiones de Educación y de Hacienda los rindieron los diputados Juan Santana (PS) y Boris Barrera (PC), respectivamente. En ellos se explica que, en 1979, se publicó el decreto ley 3.063.

En él se establecieron normas sobre rentas municipales y se autorizó que las municipalidades tomaran a su cargo el servicio educativo. Esto provocó que, a partir de 1980, se ordenara el traspaso de la administración de los establecimientos educacionales públicos desde el Ministerio de Educación a las municipalidades, corporaciones municipales o a entidades sin fines de lucro bajo el régimen de administración delegada (decreto ley 3.166).

Dicho traspaso tuvo diversas consecuencias que la entonces Junta de Gobierno buscó subsanar a través de un nuevo decreto ley (3.551). En él, junto a un aumento en el sueldo base para el sector público, creó una asignación especial no imponible para los docentes dependientes del entonces Ministerio de Educación Pública. Su finalidad fue compensar el deterioro de la retribución económica de los trabajadores de la educación. Esta asignación especial debía pagarse entre los años 1981 y 1988. Sin embargo, en muchos casos, los nuevos empleadores desconocieron esta asignación. De ahí el origen de la “deuda histórica”.

Si bien tras el retorno a la democracia se trató de restituir el pago por la vía judicial, ello no fructificó en un número importante de casos. Los municipios adujeron que no podían cubrir tales montos.

Beneficiarios de la deuda histórica y monto

La propuesta otorga un aporte único de cargo fiscal. Este será pagado a las y los docentes traspasados que no recibieron la citada asignación entre 1980 y 1987.

Los beneficiados deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tratarse de un profesional de la educación que se desempeñara en un establecimiento educacional traspasado en las condiciones ya mencionadas.
No haber obtenido el pago íntegro de la asignación indicada.
No haber obtenido el pago íntegro de lo fallado por sentencia judicial favorable firme y ejecutoriada, avenimiento, transacción o cualquier equivalente jurisdiccional de tribunales chilenos o internacionales.
No mantener un juicio o reclamación administrativa pendiente, que tenga por objeto perseguir el pago de la asignación.
Renunciar expresamente a cualquier derecho, acción o reclamo a perseguir el pago de la asignación.
El texto también especifica las vías para acceder al pago del aporte y especifica los datos que deben acompañarse para recepción.

El aporte a pagar corresponderá a cuatro millones quinientos mil pesos por beneficiario o beneficiaria. Se pagará en dos cuotas y existirán seis períodos de pago. Los cupos disponibles por año tendrán un perfil de priorización que tomará en cuenta la edad de las y los beneficiarios. Así, se comenzará con las personas de mayor edad a las de menor edad. El universo considerado es de 57.560.

La iniciativa se aprobó en general por 113 votos a favor, siete en contra y tres abstenciones. Luego, correspondía abordar las votaciones separadas, sin embargo, sus solicitantes las retiraron.

Conforme a esto, solo se procedió a votar la indicación introducida en la Comisión de Hacienda, referida a resoluciones de pago. Esta norma se apoyó por 125 votos a favor.

Tras ello, el texto pasó a segundo trámite, hecho que fue festejado por las y los diputados; por el Ejecutivo, representado por los ministros Nicolás Cataldo y Álvaro Elizalde; y, muy particularmente, por las y los docentes presentes en las tribunas del hemiciclo.

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ElPeriodista.cl

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