Corte de Santiago ordena citar a audiencia de revisión de prisión preventiva de ex alcaldesa Barriga
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Corte de Santiago ordena citar a audiencia de revisión de prisión preventiva de ex alcaldesa Barriga


La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de amparo presentado por la defensa y ordenó citar a audiencia de revisión de la prisión preventiva de la ex alcaldesa de Maipú Cathy Carolina Barriga Guerra, imputada por el Ministerio Público como autora de los delitos consumados de fraude al fisco y uso malicioso y reiterado de instrumento público falso.
En fallo unánime (causa rol 1.165-2025), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Zepeda, Juan Cristóbal Mera y el abogado (i) Nicolás Stitchkin– estableció el actuar arbitrario del Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, al denegar la revisión de la cautelar solicitada.
“Que el inciso tercero de la norma anterior, que es el único que exige otros antecedentes, está referido a una hipótesis distinta al caso de autos, pues requiere que el imputado no esté sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva. En el caso de autos, la imputada se encuentra en prisión preventiva, por lo tanto le rigen los incisos primero y segundo de la norma transcrita, que no exigen ni ‘nuevos antecedentes’, ni ‘plazo razonable’, como lo señalaron los apoderados del Ministerio Público y de los querellantes en estrados”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, entonces, negar lugar a una audiencia de revisión de cautelares por una razón que no está contemplada en la ley, la que precisamente señala que la modificación de la cautelar de la prisión preventiva puede hacerse ‘en cualquier estado del procedimiento’, constituye una ilegalidad que perturba el derecho del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, respecto de la amparada”.
“Que esta anomalía procesal debe ser reparada por la vía del habeas corpus, pero en la forma pedida subsidiariamente por la recurrente, esto es, corregir dicho vicio disponiendo que el tribunal a quo fije una audiencia para la revisión de la cautelar que la afecta”, ordena.
Por tanto, se resuelve que: “se acoge el recurso de amparo interpuesto por los abogados Cristóbal Bonacic Midane y José Miguel Barahona Avendaño en favor de Cathy Carolina Barriga Guerra, en contra del 9° Juzgado de Garantía de Santiago, solo en cuanto se ordena que el tribunal a quo deberá citar a audiencia en la que se discuta y resuelva la solicitud de modificación de la revisión de la medida cautelar personal de prisión preventiva vigente”.
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