Corte Suprema: la reflexión que hizo Ricardo Blanco con nuevos abogados sobre el uso de la prisión preventiva
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Corte Suprema: la reflexión que hizo Ricardo Blanco con nuevos abogados sobre el uso de la prisión preventiva

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, invitó a nuevos abogados a reflexionar sobre “los estándares probatorios en la aplicación de medidas cautelares”.
En un nuevo juramento de abogados, Blanco aseguró que la prisión preventiva y la internación provisoria no son condenas y la sociedad debe tener precaución cuando se exigen estas medidas cautelares como solución a la inseguridad.
La invitación
“Los invito a reflexionar sobre una cuestión central en el derecho penal y procesal penal: los estándares probatorios en la aplicación de medidas cautelares, en particular, la prisión preventiva en adultos y la internación provisoria en niños y adolescentes. Ambas medidas, aunque comparten una naturaleza temporal, responden a principios y finalidades distintas”, explicó.
En esa línea, puntualizó que “la prisión preventiva busca garantizar la comparecencia del imputado al juicio, evitar la reiteración delictual y proteger a la víctima”.
“Su estándar probatorio es menor al de la condena, pues no exige acreditar los hechos más allá de toda duda razonable, sino contar con antecedentes suficientes que justifiquen la existencia del delito y la participación del imputado en él. Es de carácter puramente cautelar, provisional y no sancionadora. La internación provisoria, en cambio, al tratar casos de adolescentes infractores de ley, debe tener, además, en consideración el principio del interés superior del niño, conforme a la Convención que trata de sus Derechos. Esto implica que se refuerza su condición de último recurso, porque en estos asuntos se debe tener en cuenta no solo el proceso judicial, sino que también el desarrollo y reinserción social del transgresor”, sostuvo.
El presidente de la Suprema acotó que en la práctica, tanto la prisión preventiva como la internación provisoria enfrentan como desafío común “las exigencias de contribuir a la seguridad pública”.
Blanco hizo esta reflexión ad portas de que la Corte de Santiago analice la apelación del Ministerio Público para revertir el arresto domiciliario de Luis Hermosilla y en la semana en que el mismo tribunal desestimó dar término al mismo tipo de arresto para Daniel Jadue y que se evalúe la prisión preventiva de Cathy Barriga.

“La delincuencia genera enormes daños individuales y sociales, origina traumas emocionales en las víctimas y sus familias y contribuye al cambio de conductas de las personas producto del temor de verse expuestas a males indeseables y a veces irreversibles, al punto de destruir el bienestar de la población. Otro tanto produce la percepción de impunidad, la tardanza en las respuestas institucionales, la reiteración delictiva y la falta de eficacia de los programas de resocialización. Todos estos factores alimentan y contribuyen a una sensación de injusticia que puede debilitar la confianza en el sistema”, planteó.
“La respuesta al fenómeno delictual no puede descansar única y exclusivamente en la privación de libertad”
La máxima autoridad del Poder Judicial advirtió que “se debe tener precaución, cuando la justicia se ejerce teniendo en vista solo consideraciones de seguridad pública, antes que el mérito de los antecedentes, ya que los criterios legales, la proporcionalidad y razonabilidad en la aplicación de medidas cautelares, podrían extenderse a casos injustificados, lo que pugna con el Derecho”.
“La respuesta al fenómeno delictual no puede descansar única y exclusivamente en la privación de libertad, sino que también debe reposar en fortalecer la prevención, mejorar la capacidad de investigación y garantizar que el sistema de justicia opere con estándares probatorios claros y bien definidos”, argumentó el presidente de la Suprema.
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