Cuál es la multa por no votar

Cuál es la multa por no votar

Este fin de semana tienen lugar las elecciones regionales y municipales en el país, que comenzaron el sábado 26 y se extienden hasta hoy domingo 27 de octubre.

Durante el proceso los electores recibirán cuatro papeletas para los cargos a elegir, donde se deberá marcar una preferencia por cada una, diferenciadas de la siguiente manera:

Naranja para Gobernadores Regionales

Verde para Consejeros Regionales

Celeste para Alcaldes

Blanca para Concejales

¿Es obligatorio votar?

Las elecciones regionales y municipales de este fin de semana tienen voto obligatorio.

¿Cuál es la multa por no votar?

Si una persona no se presenta a votar en las elecciones se expone a recibir una multa de 0,5 UTM, lo que se traduce en aproximadamente $33.000 a beneficio municipal.

Cuáles son las excusas válidas para no votar

Según indica el Servel, las justificaciones válidas que permiten no votar en las elecciones son las siguientes:

  • Encontrarse enfermo
  • Estar fuera del país
  • Estar a más de 200 kilómetros del local de votación
  • Algún otro impedimento grave, acreditado ante el juez de policía local

Solo en la situación de encontrarse a 200 kilómetros del local de votación se debe realizar el trámite en Comisaría Virtual para excusarse. En caso contrario, se deben entregar justificaciones posteriormente, ante el llamado del juez de policía local.

Cómo hacer el trámite en Comisaría Virtual

Ante las elecciones regionales y municipales, desde Carabineros explicaron cómo realizar el trámite en Comisaría Virtual para excusarse de votar. Este es el paso a peso:

  • Se debe ingresar a www.comisariavirtual.cl con Clave Única.
  • Completar los datos personales y electorales.
  • Mediante la plataforma se recibe bun código alfanumérico.
  • Se debe acudir al cuartel policial más cercano con el código y la cédula de identidad para validar la constancia con un carabinero.

Desde Carabineros se aclara que este trámite no es necesario para aquellos que no se presenten a sufragar por estar gravemente enfermos o por encontrarse fuera del país. En ambos casos, se deberán presentar las justificaciones posteriormente, ante el juez de policía local.

Fuente

LaTercera.com

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