“Descargas eléctricas y abusos sexuales”: Estado condenado a indemnizar a exbasquetbolista torturado por la CNI
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“Descargas eléctricas y abusos sexuales”: Estado condenado a indemnizar a exbasquetbolista torturado por la CNI

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En un caso que incluyó “descargas eléctricas y abusos sexuales”, el Estado de Chile fue condenado a indemnizar a un exbasquetbolista que fue torturado por la Central Nacional de Informaciones (CNI) durante la dictadura de Augusto Pinochet.
El Sexto Juzgado Civil de Santiago ordenó que el fisco deberá pagar la suma de $80.000.000 por concepto de daño moral, a R.E.C.T. quien resultó detenido en múltiples ocasiones, entre 1973 y 1983, y sometido a torturas por agentes del Estado, en el Regimiento Coraceros de Viña del Mar y la Academia de Guerra de la Armada, entre otros recintos.
En el fallo (causa rol 12.616-2023), la magistrada Rommy Müller Ugarte rechazó las excepciones de reparación integral y prescripción deducidas por el fisco, tras establecer que el basquetbolista, para la época de los hechos, fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto en sede penal como civil.

Torturas, descargas eléctricas y abusos sexuales
De acuerdo con la resolución del tribunal, tras el golpe de Estado en contra del presidente Salvador Allende en 1973, R.E.C.T. era militante de las Juventudes Comunistas y destacado jugador de baloncesto en Viña del Mar, Región de Valparaíso.
El 05 de octubre de ese año fue detenido por militares sin orden judicial quienes allanaron su hogar y lo trasladaron al Regimiento Coraceros, donde permaneció incomunicado y fue sometido a interrogatorios y golpizas hasta el 8 de octubre.
Posteriormente, fue llevado a la Academia de Guerra de la Armada en Viña del Mar, donde sufrió torturas con electricidad en las piernas y otras vejaciones hasta el 12 de octubre.
Tras su liberación, el basquetbolista quedó en libertad condicional y debió firmar semanalmente en la prefectura de Carabineros.
Sin embargo, al poco tiempo de haber sido ser liberado, fue arrestado nuevamente el 20 de octubre de 197 3por civiles en la vía pública , quienes lo llevaron de nuevo a la Academia de Guerra, donde sufrió
torturas similares a las anteriores hasta el 27 de octubre. En paralelo, su vivienda fue allanada y su
familia fue víctima de robo y destrucción.
Según el fallo, en septiembre de 1980, R.E.C.T. fue detenido de nuevo durante una manifestación en
conmemoración del golpe de Estado y en memoria del presidente Allende.
En esa oportunidad, estuvo preso en condiciones precarias en la prefectura de Carabineros de Viña del Mar hasta el 16 de septiembre, sin cargos en su contra.
El 12 de septiembre de 1983, resultó capturado por la Central Nacional de Informaciones (CNI) cerca de su lugar de trabajo y fue sometido a torturas severas, incluidas descargas eléctricas y abusos sexuales, antes de ser trasladado a la Fiscalía Militar el 15 de septiembre, donde se le acus de poseer explosivos.
Asimismo, su domicilio fue allanado y fue encarcelado en Valparaíso hasta el 26 de octubre de 1983.
Según el fallo, las múltiples detenciones y torturas que sufrió el basquetbolista durante la dictadura militar le dejaron secuelas físicas y psicológicas duraderas en su vida.
«Estas experiencias han marcado profundamente su existencia, con efectos persistentes en su bienestar físico y mental», indicó el documento.
Fisco deberá indemnizar a exbasquetbolista torturado por la CNI
Tras evaluar los antecedentes del caso y la legislación del país, el Sexto Juzgado Civil de Santiago señaló que «encontrándose reconocidos por el Fisco los daños acaecidos en la persona del actor por parte de Agentes del Estado, al habérsele considerado como víctima de presidio político y tortura y asignándole al mismo las prestaciones de las leyes 19.234 y 20.874, es dable consignar que, además, resulta innegable considerar que el hecho de haber sido el actor sometida a torturas físicas y psíquicas, ha provocado en su persona pesar y angustia, sentimientos que marcan la vivencia de cualquier persona normal que se vea expuesta a una situación traumática como la de marras, resultando, entonces, natural una magulladura anímica y una consecuente consternación por el sometimiento a ese tipo de tormentos ilegítimos y degradantes, a los que nadie, según la regulación internacional precitada, se encuentra en posición jurídica de soportar”.
El tribunal indicó que tras haberse comprobado la comisión del delito de lesa humanidad cometido por agentes del Estado en contra de R.E.C.T., la circunstancia de los detrimentos morales que este ha sufrido por el hecho descrito y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 38 inciso segundo de la Constitución Política de la República y 4 de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, ha nacido la obligación del Estado respecto a indemnizar los referidos menoscabos”, consignó el Poder Judicial.
Asimismo, señaló que ante la imposibilidad de efectuar una medición «de la intensidad del dolor o merma en su proyecto de vida que ha padecido el demandante producto del sometimiento a prisión política y torturas sistemáticas por agentes del Estado, se regulara prudencialmente el monto de la indemnización a pagar por el Estado al actor, debiendo ser esta de $80.000.000″.
El Juzgado ordenó que la indemnización por daño moral deberá ser «ajustada de conformidad a la variación del Índice de Precios al Consumidor desde la fecha en que la presente sentencia se encuentre firme».
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