“Improcedente”: Senado da portazo a la Cámara y archiva segunda acusación a Vivanco

“Improcedente”: Senado da portazo a la Cámara y archiva segunda acusación a Vivanco

“En eso tenemos algunas dudas”, comentó en forma irónica el senador y presidente de la Comisión de Constitución, Alfonso de Urresti (PS), ante la recomendación del constitucionalista Patricio Zapata, de que el Senado debería usar “un lenguaje altamente deferente” con la Cámara de Diputados, al momento de no pronunciarse y archivar la segunda acusación constitucional en contra la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco.

El comentario del senador socialista provocó risas entre los asistentes de una reunión extraordinaria de la instancia, citada este lunes en la mañana para evaluar cómo salir de la encrucijada jurídica que generó este segundo libelo, presentado por los diputados oficialistas. Este texto se sumaba a un primer escrito, redactado por las bancadas de Chile Vamos, en contra de la misma exjueza y también contra otro exintegrante de la Suprema, Sergio Muñoz, que ya había sido aprobado por el Senado el miércoles pasado.

Horas más tarde, la decisión de la sala fue unánime, acogiendo la recomendación técnica de la Comisión de Constitución de no entrar al fondo, no votar y declarar “improcedente” este otro libelo. Incluso, a los tres diputados acusadores, Daniel Melo (PS), Lorena Fries (Frente Amplio) y Lorena Pizarro (PC), no se les dejó exponer, lo que le añadió más tensión a la breve sesión en la que se acordó archivar esta acusación.

Al término del encuentro, varios senadores se retiraron sincerando su desagrado por lo que consideraron una “pérdida de tiempo”.

De hecho, la sesión pudo haber sido más corta aún. Sin embargo, se suspendió por una hora y media, para informar a las bancadas sobre la recomendación para archivar el libelo y notificar a los diputados acusadores que su presencia ya no sería necesaria.

Para ello, se le pidió a Melo, a Fries y a Pizarro, quienes desde el mediodía ya habían tomado ubicación en la sala, que subieran al cuarto piso, a la oficina de la Presidencia del Senado, para informarles de la decisión de las bancadas.

No obstante, a pesar que el presidente de Senado, José García (RN), y su vicepresidente, Matías Walker (Demócratas), trataron de ser cuidadosos, la decisión incomodó a los diputados acusadores, quienes mandatados por la Cámara, viajaron al Congreso de Valparaíso exclusivamente para defender el libelo, ya que esta semana había receso legislativo para todos los parlamentarios.

“Una falta de deferencia con la Cámara”, dijo escuetamente Melo a La Tercera, quien -al igual que Pizarro y Fries- había llegado con documentos y se había preparado para exponer ante el Senado.

Malestar

La decisión de no dejarlos exponer, también era una señal institucional. Entre los senadores había especial molestia con la Cámara, que al aprobar casi por unanimidad (131 a favor y 1 abstención) este segundo libelo, en primer lugar, los obligó a sesionar en forma extraordinaria este lunes, a pesar del receso de la semana regional, que varios congresistas pretendían destinar para apoyar la recta final de las campañas municipales y regionales. La aprobación de este fallido texto tuvo un respaldo inédito, el lunes de la semana pasada, desde diputados del PC al Partido Republicano. Solo se abstuvo la independiente RN, María Luis Cordero.

Sin embargo, lo que más irritaba a los senadores era que el segundo libelo se basaba en los mismos hechos de la primera presentación, por lo tanto, era completamente inútil votar esta nueva acusación, debido a que Vivanco ya había sido declarada culpable, con lo que, además, no podrá ejercer cargos públicos por los próximos cinco años.

El problema es que no solo había un tema de utilidad. Si se hubiera llegado a votar y aprobar este segundo escrito, se hubiese generado un precedente jurídico complejo ante un eventual caso internacional que los abogados defensores de Vivanco ya anunciaron que presentarán. En el Derecho, hay un principio jurídico, resguardado por tratados internacionales: el “non bis in idem” (no dos veces por lo mismo), que garantiza que un ciudadano no sea perseguido ni sancionado dos veces por el mismo ilícito.

La otra alternativa (rechazar) tampoco resolvía el problema jurídico. En el caso de que se hubiese votado en contra -en base a los argumentos de que ya fue sancionada- los abogados de la exministra de la Suprema habrían podido tomar ese nuevo veredicto de la Cámara Alta -que actúa como jurado y solo puede declarar la culpabilidad o exculpar a la exmagistrada- como una valiosa prueba para decir que, en base a hechos similares, hay sentencias distintas y contradictorias, una sancionando y otra eximiendo.

Estos factores generaban un dilema imposible para el Senado, ya que fuera cual fuera su votación pudo haber comprometido al Estado de Chile.

Carece de objeto

Por tal razón, los comités del Senado encargaron un informe jurídico al secretario de la Comisión de Constitución, Rodrigo Pineda, que fue analizado este lunes en la mañana por los senadores integrantes de la instancia. En ese documento -que fue sometido a algunos ajustes por recomendaciones de algunos constitucionalistas (la académica Marisol Peña y el mencionado Zapata) y de los propios legisladores- se concluyó que esta segunda acusación “carece de objeto”.

“Que, en este caso, el Senado, ya resolvió, en el estudio de la primera acusación constitucional, declarar culpable por notable abandono de deberes a la exmagistrada señora Ángela Vivanco Martínez, razón por la que está actualmente se encuentra destituida de su cargo e inhabilitada para desempeñar cualquier función pública, sea o no de elección popular, por el término de cinco años”, dice el informe.

“Que en el evento de que se presente contra una misma persona una acusación constitucional que ya ha sido resuelta y está produciendo sus efectos y que se funda en una misma causal constitucional y en los mismos hechos, desde el momento en que se acoja la primera, la segunda carece de objeto y sería contrario al derecho público chileno y al derecho internacional volver a sancionarla constitucionalmente, dado que no corresponde castigar dos veces a una misma persona por el mismo ilícito constitucional. (principio de prohibición de la doble punición)”, agrega.

“Repetir nuevamente todo el procedimiento, si se concurren las condiciones ya indicadas, sería además inconducente, toda vez que no alteraría en nada el efecto de la primera acusación; no añadiría nuevas sanciones constitucionales al acusado ni existiría la posibilidad de revertir el acuerdo ya adoptado por esta Corporación”, complementa el análisis jurídico.

“La Sala del Senado debe declarar improcedente esta segunda acusación constitucional, por carecer de objeto y finalidad y ordenar su archivo, por las razones antes enumeradas”, concluye el escrito.

“Este informe de la Comisión de Constitución se hace cargo de esta situación inédita, donde una persona que ya es juzgada y sancionada, pero que pesa sobre ella una acusación constitucional que, además, es por situaciones iguales o muy parecidas a lo ya juzgado. Hemos buscado resolver esta situación inédita con estricto apoyo a la Constitución y a las leyes. Eso es lo que hemos buscado, y por tanto, confío en que la Cámara de Diputados y Diputadas así lo haya entendido”, dijo el presidente del Senado, José García.

Fuente

LaTercera.com

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