Inapi rechaza registro de la marca chilena “Peaky Blenders” por similitud con serie británica

Inapi rechaza registro de la marca chilena “Peaky Blenders” por similitud con serie británica

El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) rechazó la solicitud de registro de la marca Peaky Blenders, asociada a un negocio de venta de hamburguesas y catering.

El conflicto se inició cuando en agosto de 2021 la empresa EAM Inversiones SPA solicitó la marca Peaky Blenders para distinguir servicios en clase 43 (restaurantes, bares y catering). La similitud fonética y gráfica alertó a la compañía Caryn Mandabach Productions Limited, titular de los derechos de la famosa serie de televisión británica Peaky Blinders, motivándolos a presentar una demanda de oposición a través del estudio Silva.

Dicha acción se fundamentó en varias razones clave vinculadas a la serie. Entre los argumentos descritos se apeló al riesgo de confusión, pues Peaky Blenders es gráfica y fonéticamente similar a Peaky Blinders, lo que podría inducir a error al público respecto al origen de los servicios ofrecidos.

En esa misma línea, destacaron que existían elementos figurativos similares en el diseño del logotipo de la marca chilena, que incluye una boina y una corbata, indumentaria distintiva de los personajes de la ficción. Los colores también son prácticamente idénticos a la marca registrada Peaky Blinders.

“El signo solicitado por EAM Inversiones SpA consiste en una etiqueta con un fondo negro que presenta el dibujo de una hamburguesa. Esta imagen incluye una boina en la parte superior y una humita o corbatín en el centro, elementos de indumentaria asociados a los integrantes de la banda criminal inglesa que protagoniza la serie Peaky Blinders, producida por mi representada”, consignó el escrito de oposición patrocinado por el abogado Francisco Silva, socio del estudio Silva.

“Debajo de la figura se encuentran las palabras PEAKY y BLENDERS, separadas por un trazo diagonal y diseñadas con la misma tipografía y colores característicos de la marca registrada por mi representada. El conjunto presenta un aspecto global y una primera impresión que remite directamente a la marca comercial creada y registrada por mi mandante”, añadió.

Como es habitual en casos de este tipo, desde el estudio Silva indicaron que existía un evidente aprovechamiento de la fama y notoriedad de la serie, lo que contravenía los principios de competencia leal al sugerir una falsa asociación entre ambas marcas.

Desde entonces pasaron un poco más de tres años para que en octubre el Inapi finalmente resolviera rechazar la solicitud de registro de Peaky Blenders, fundamentando su decisión en las semejanzas fonéticas y gráficas entre los signos y en el uso de una marca de fama y notoriedad mundial. De hecho, la similitud entre el nombre y la tipografía fue interpretada como un intento de aprovecharse indebidamente del prestigio de la serie.

Basados en el artículo 20 letra k) de la Ley 19.039, la autoridad también concluyó que este intento de registro contravenía los principios de competencia leal y mercantil, por lo que era imposible su aprobación.

El abogado Francisco Silva indicó que “este caso es un claro ejemplo de la importancia de proteger mundialmente marcas famosas y notorias, evitando así que terceros puedan beneficiarse de esa notoriedad y reputación”.

Dentro del plazo que concede la ley para apelar ante el Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI), el solicitante no presentó recurso, por lo que el pasado 15 de noviembre el Inapi ratificó la sentencia definitiva.

Francisco Silva, socio de Silva.

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LaTercera.com

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