La columna de José Miguel Sánchez: “Aranceles regulados: el punto ciego del FES”

La columna de José Miguel Sánchez: “Aranceles regulados: el punto ciego del FES”

Un aspecto que no ha recibido mucha atención del Proyecto de Ley que establece un nuevo Instrumento de Financiamiento Público para la Educación Superior (FES) es el de los aranceles regulados y su impacto en las instituciones.

Según la Ley, los aranceles se basan en los costos razonables y necesarios para impartir una carrera o programa de estudios de los grupos de carreras. Este valor considera los costos anuales de operación, así como los costos anualizados de la infraestructura. El nuevo proyecto establece que las instituciones de educación superior (IES) recibirán el arancel regulado por todos aquellos alumnos que se adscriban al FES o que estén en gratuidad de deciles 1 al 9. Solo podrán recibir copago de los estudiantes que están en el decil 10 y de aquellos que no se adscriban a gratuidad y/o al FES.

La regulación de aranceles se basa en la idea de que para cada carrera existe una suerte de modelo que reflejaría la manera más eficiente de proveerla. Este concepto es el que utiliza en la regulación de monopolios naturales, tales como el agua potable o la distribución eléctrica.

Y desde la entrada en vigor de la gratuidad, ya se han calculado aranceles regulados. Primero, el 2017 se tomó el arancel de referencia ya utilizado en otras becas para la transición hasta que se calcularan los aranceles regulados para las distintas carreras. Y entre 2022 y 2023 se calcularon los primeros aranceles regulados para dos carreras. Para 2025 se aplicarán aranceles regulados para 27 carreras. Y este año se generarán las bases técnicas para el resto de las carreras del sistema.

La extensión de la regulación de aranceles para todos los deciles, salvo el décimo, representa un grave problema para las IES por varias razones.

En primer lugar, se extiende una regulación que tiene un problema de origen y que es que el servicio que se quiere regular. Porque, a diferencia de otros sectores regulados, no es un producto homogéneo y no existe una empresa modelo para las distintas carreras porque cada institución tiene un proyecto educativo distinto y, por lo tanto, la tecnología para producir el servicio formativo que se entrega a los estudiantes es distinta entre instituciones. La combinación de profesores, infraestructura, pares, alumnos, investigación y demás insumos es propia e idiosincrática a cada institución.

El segundo problema es la dificultad que tiene el cálculo de aranceles: este se hace en base a costos promedios de grupos de carreras y después se ajusta con parámetros institucionales, pero no según los costos reales de las carreras. Esto ya ha significado que se generen brechas entre el arancel real y arancel regulado. Y estas brechas aumentarán al extender el arancel (y sin posibilidad de cobrar copago) hasta el decil 9.

El tercer problema es que se pone en riesgo la autonomía universitaria dado que aumenta la dependencia de las IES respecto del Estado, ya que dependerían de su situación financiera. Esto debido a que el cálculo de los aranceles regulados recae sobre un organismo de gobierno, el riesgo es que, ante una situación de estrechez fiscal, se ajusten a la baja los aranceles o que se postergue el traspaso de recursos o, como ha pasado en otros sectores, que se genere una deuda para que sea pagada en algún momento futuro.

Por último, es necesario tener presente que, con el diseño del proyecto de ley, los incentivos para estar en las categorías elegibles (hasta el decil 9) del beneficio del FES sin posibilidad de copago son muy altos, por lo que, tal como ocurre en la actualidad con el beneficio de la gratuidad (hasta el decil 6), es probable que los estudiantes hagan lo necesario para entrar dentro de las categorías beneficiarias.

*El autor es decano de la Facultad de Economía y Administración UC.

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LaTercera.com

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