Operación Topógrafo: Corte revoca prisión preventiva del exjefe de Inteligencia del Ejército y decreta arresto domiciliario

Operación Topógrafo: Corte revoca prisión preventiva del exjefe de Inteligencia del Ejército y decreta arresto domiciliario

El pasado 12 de diciembre, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago mantuvo la prisión preventiva en contra de uno de los protagonistas de la denominada Operación Topógrafo. Se trata del general (r) Schafik Nazal, exjefe de Inteligencia del Ejército, quien es investigado por la Fiscalía Centro Norte por presuntos delitos de interceptaciones telefónicas ilegales.

La decisión de dicha instancia judicial fue revertida este lunes por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que decidió revocar la prisión preventiva del general (r) y decretar el arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse y tomar contacto con cualquiera de las víctimas, testigos, peritos y cualquier otro interviniente del proceso.

Resolución judicial que surge luego de que la defensa de Nazal, encabezada por el abogado Juan Carlos Manríquez, presentara una apelación a la decisión del 12 de diciembre del tribunal de primera instancia. En ese escrito, el penalista afirmó que la prisión preventiva del general (r) “causa grave perjuicio a esta parte puesto que mantiene injustamente una prisión preventiva existiendo otras medidas más proporcionadas para satisfacer la necesidad de cautela atendido el estado de avance de la investigación”.

En ese sentido, el fallo de la Corte estimó que el tiempo que Nazal lleva detenido en el Regimiento de Telecomunicaciones del Ejército en Peñalolén, además de “la conducta pretérita del imputado exenta de todo reproche proceso, el estado de la investigación -prorrogada- (...) debe razonablemente juzgarse que la necesidad de cautela se encuentra disminuida, dado que no se advierte peligro para la seguridad de las víctimas o para el éxito de las diligencias de la investigación, ni tampoco un eventual riesgo de reiteración o de las conductas punibles”.

Por otro lado, también el tribunal de alzada determinó que existe una desigualdad en la situación procesal con los demás imputados de la causa. Esto, porque el exjuez Juan Antonio Poblete -imputado por autorizar las escuchas telefónicas- se encuentra con arresto domiciliario, luego de que la Corte Suprema revocara su prisión preventiva en agosto pasado. Antes de eso, el exjuez se encontraba detenido en el Anexo Cárcel Capitán Yáber.

Consultado al respecto, el abogado Juan Carlos Manríquez afirmó que a esta altura del proceso no se justificaba mantener en prisión preventiva a Nazal, considerando el tiempo. Además de eso, el penalista afirma que “más bien es el avance de la investigación el que permite hoy decir que existía más de una causa legítima para llevar adelante la obra de contrainteligencia, acreditado como está que hay bastantes testigos en la causa que dicen haberse reunido con quienes fungen como víctimas, precisamente en este contexto y porque además el hecho de dar a conocer, aunque se haya obtenido de expedientes judiciales militares, decretos secretos acerca del material de defensa, como de la misma manera inconductas graves al interior de establecimientos militares que ponen en serio riesgo la disciplina militar y por tanto la integridad del personal”.

“Ahora vamos a ahondar en todos aquellos casos en que las otras policías o agentes de inteligencia nacional pudieron utilizar los mismos mecanismos que en este caso para esclarecer definitivamente que en la situación del general Nazal lo que ha ocurrido es una argumentación utilitaria de la ley de inteligencia para mantenerlo preso artificiosamente, de manera tal que esperamos que en el juicio oral esto quede más que en evidencia”, concluyó Manríquez.

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LaTercera.com

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