Qué pasa en la herencia con el dinero de la cuenta del fallecido si estabas autorizado mientras vivía

Qué pasa en la herencia con el dinero de la cuenta del fallecido si estabas autorizado mientras vivía

En caso de perder a un ser querido uno de los líos que se da es el manejo de las cuentas y su destino, donde siempre es como uno desea La herencia, un tema importante y “peligroso”. (Adobe Stock, montaje Infobae).

El fallecimiento de un familiar, amigo u allegado es uno de los sucesos que uno no quiere que lleguen jamás, pero que desgraciadamente es ley de vida. En esos momentos de dureza sentimental se deberán tomar decisiones drásticas, especialmente con la herencia. Para ello, se deberán pedir las últimas voluntades y también establecer el testamento, donde se especificarán el reparto de los bienes del fallecido. Entre otras muchas cosas, uno de los aspectos más relevantes es la liquidez económica de la cuenta bancaria, que también se ve afectada.

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Comúnmente, conforme las personas van cumpliendo años, los familiares solicitan tener acceso como autorizado a las cuentas. Los diferentes trámites, cada vez más informatizados, hacen que el manejo sea más difícil para nuestros mayores. De esa forma, el familiar o persona verificada posee permiso a la cuenta corriente con capacidades de uso de la misma. Sin embargo, con el fallecimiento del titular, ¿qué ocurre con el dinero si eres autorizado?

Los autorizados pierden los poderes

Aunque uno pueda pensar que al ser autorizado es él el que tiene todo el poder de los ingresos, esto no es así. Una vez fallece uno de los titulares de la cuenta, la misma puede quedar suspendida temporalmente, además de desaparecer ese privilegio de movilización económica del acreditado. “Su poder de disposición se extingue tras el fallecimiento del titular, por lo que, desde entonces, no podrán seguir haciendo uso de este”, explica el portal web de Banco de España.

Además, se deberá valorar que tipo de cuenta es la que se posee, ya que depende de la modalidad, se podrá seguir con el uso de la misma o no o puede quedar temporalmente inhabilitada. De esa forma, se describen tres posibles escenarios:

  1. El fallecido era el único titular: en este caso, para poder usar la cuenta se requiere de la autorización de todos los herederos. En caso de que uno no lo desee, este no será accesible.
  2. La cuenta era conjunta: cuando el cómputo bancario sea común, los demás titulares no podrán tener acceso al dinero desde el momento del fallecimiento del otro titular. No obstante, hay una excepción: consentimiento expreso de todos los herederos del fallecido
  3. La cuenta es indistinta: si estamos bajo este precepto, las cosas serán mucho más fáciles. En ese sentido, el resto de titulares tendrán acceso al dinero en todo momento.

No obstante, en los tres contextos anteriores hablamos de titulares, concepto clave. Por tanto, los autorizados no tienen influencia ninguna una vez confirmado el fallecimiento de su familiar.

Qué más cosas pueden pasar con la cuenta

A pesar de que en varios casos no se pueda tener acceso al dinero, esto no significa que no se sigan llevando a cabo operaciones de cargos a la cuenta. Esto quiere decir que aquellos contratos firmados por el titular fallecido seguirán con su cobro hasta que se cancele el vínculo por comunicación de los herederos. Algunos ejemplos pueden ser los recibos de la luz, el agua o el gas, que serán devueltos, con lo que ello puede suponer en recargos y penalizaciones.

Por otro lado, la entidad bancaria podría llegar a tomar el control y bloquear la cuenta. Puede ser que el contrato lo refleje o ser fruto de disputas entre herederos y los titulares supervivientes. A pesar de ello, el banco deberá informar previamente a los interesados de que se va a tomar esa acción.




Fuente

Infobae.com

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