Ratifican 42 años y medio para el acusado del doble crimen de Santovenia (Valladolid)

Ratifican 42 años y medio para el acusado del doble crimen de Santovenia (Valladolid)

Valladolid, 24 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la condena de 42 años y medio de prisión para Pablo Antonio S.H., apodado El Chiqui, juzgado por matar a un vecino y al que fuera jefe de la Unidad de Intervención Especial (UIE) de la Guardia Civil el 1 de julio de 2022 en Santovenia de Pisuerga (Valladolid).

El TSJCyL ha confirmado así la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, establecida tras el veredicto de un jurado popular, y fija 18 años por homicidio y atentado, cometidos contra el entonces jefe de la UIE, el teniente coronel Pedro Alfonso Casado, de 50 años.

Confirma igualmente 16 años y medio por asesinato con atenuante de estado pasional, perpetrado al matar a un vecino de su edificio, Dionisio A.P., de 45 años, y seis años de cárcel por tentativa de homicidio, también con atenuante de estado pasional, cometido contra el hijo del residente en su inmueble al que quitó la vida.

Por tenencia ilícita de armas, la sentencia de la Audiencia ahora ratificada impuso dos años de prisión -utilizó un rifle Mauser para cometer los crímenes sin tener licencia-, mientras que por un delito de secuestro, por el que también fue juzgado, fue absuelto.

Las acusaciones contra el procesado se centraron en que primero mató a su vecino -tras una disputa entre miembros de ambas familias- y mantuvo secuestrado en una vivienda en la que permaneció horas atrincherado al novio de su hijastra, un delito que el jurado no consideró probado y del que el encausado fue absuelto.

Los cargos contra el procesado también abarcaron que intentó acabar con la vida de un hijo del vecino asesinado.

Hasta Santovenia se desplazó desde Madrid la UIE, cuyo jefe murió horas después de recibir un tiro en la cabeza por parte del acusado a través de la puerta del domicilio en el que se encontraba parapetado.

Entre otros argumentos, el TSJCyL considera, en cuanto a la motivación del veredicto del jurado, que no existe ausencia o déficit de motivación alguno en el veredicto.

En el acta de votación correspondiente, aparecen detallados todos y cada uno de los hechos que el jurado declaró probados y no probados, con una explicación de los elementos de convicción a que los miembros del jurado atendieron para hacer tales declaraciones, explicación que el tribunal califica de suficiente en todos los casos.

Contra la resolución del TSJCyL, cabe recurso ante el Tribunal Supremo. EFE

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Infobae.com

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