Sin privilegios, Karen Rojo: Corte le deja claro que ni su fuga ni su «buena conducta» en Países Bajos le valen la libertad vigilada
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Sin privilegios, Karen Rojo: Corte le deja claro que ni su fuga ni su «buena conducta» en Países Bajos le valen la libertad vigilada

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Un nuevo revés judicial sufrió la exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo -condenada por fraude al fisco-, luego de que la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazara un recurso de amparo interpuesto por su defensa con el objetivo de acceder al beneficio de libertad vigilada.
La acción judicial había sido presentada por sus abogados luego de que el Juzgado de Garantía de Antofagasta rechazara su solicitud de acceder a una pena mixta, decisión que posteriormente fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada de Copiapó no dio lugar a la acción, tras establecer que “la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, fue dictada por magistratura competente y en ámbito de sus atribuciones”.
“La citada acción (el recurso de amparo) es procedente en aquellos casos en que la libertad personal de una persona se vea amagada con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, con el fin preciso de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Acorde a lo expuesto, la procedencia de esta acción en contra de una resolución judicial resulta, ante todo, excepcional”, planteó el fallo.
“Precisado lo anterior se observa que, en la especie, la cuestión planteada en el recurso de amparo ya ha sido resuelta en ambas instancias y, en esas oportunidades, fueron entregadas las razones que fundamentaron la decisión, pretendiéndose por esta vía una nueva revisión de los hechos y el derecho, lo que resulta ajeno a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental”, explicó la resolución, según consignó el Poder Judicial en una nota de prensa.
Para la corte copiapina “no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar del tribunal recurrido, que pudiera hacer procedente la intervención de esta Corte a través de la presente acción cautelar, desde que la resolución cuestionada por esta vía ha sido dictada por magistratura competente, dentro de la esfera de sus atribuciones, de conformidad al marco legal aplicable y se encuentra debidamente fundada”.

Corte rechaza libertad vigilada para Karen Rojo
Cabe recordar que la exjefa comunal se encuentra prófuga de la justicia chilena tras escapar del país el 23 de marzo de 2022, el mismo día en que la Corte Suprema ratificó su condena a cinco años de cárcel por el delito de fraude al fisco ocurrido entre 2015 y 2016, mientras encabezó el municipio nortino.
La exautoridad contrató una agencia de comunicaciones para una asesoría política de su campaña a la reelección en 2016 por un monto de $24 millones, los cuales fueron pagados con fondos de subvenciones escolares y recursos de salud municipal.
Tras concretarse la fuga, la Interpol emitió una alerta roja para dar con su paradero, lo que finalmente se concretó cuatro meses después, cuando se la encontró viviendo en una casa de acogida para refugiados en Groninga, Países Bajos. Desde entonces, Rojo se encuentra recluida en una cárcel de mujeres de Nieuwersluis, ubicaba en la ciudad de Utrecht, a la espera de que se concrete su proceso de extradición.
La defensa de Rojo argumenta que la exalcaldesa ya ha cumplido más de la mitad de su pena en los Países Bajos, por lo que podía optar a la libertad vigilada intensiva.
«En el proceso de extradición activa, el Estado de Chile ha asegurado y garantizado al Reino de los Países Bajos, que los días en que ha estado privada de libertad serán abonados a su condena. Lo anterior, implica que ha cumplido con más de un tercio de su condena, privada de libertad», plantearon sus abogados en el recurso.
La defensa también sostiene que la interpretación de la ley por parte de los tribunales ha sido errónea y restrictiva, lo que habría prolongado indebidamente la privación de libertad de Rojo.
Además, la ex edil señala que ha mantenido una buena conducta en el penal, realizando actividades laborales y de aseo y llegando a ser designada como encargada del área de convivencia.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Copiapó dio un nuevo portazo a la solicitud presentada por el equipo legal la exalcaldesa, respaldando los argumentos de la fiscalía respecto a que Rojo no ha cumplido su pena en Chile.
A juicio del Ministerio Público, el tiempo que ha pasado privada de libertad en el extranjero en ningún caso puede considerarse como parte de su condena en nuestro país.
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