¿Tienes más de 60 años? Este impuesto ya no es tu responsabilidad en el Perú: descubre cuál es y cómo se calcula
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¿Tienes más de 60 años? Este impuesto ya no es tu responsabilidad en el Perú: descubre cuál es y cómo se calcula

Gracias a esta medida, los adultos mayores pueden reducir su carga tributaria, ya sea que cuenten con una pensión o no, contribuyendo a su bienestar económico
En el Perú, los adultos mayores de 60 años tienen derecho a una exoneración del impuesto predial, una medida diseñada para aliviar la carga tributaria de este grupo vulnerable. Este beneficio, implementado por el gobierno con el propósito de reconocer las necesidades económicas de los adultos mayores, especialmente aquellos que dependen de pensiones u otros ingresos limitados, se aplica a aquellos que cumplan ciertos requisitos establecidos por el Estado.
Cabe mencionar que el impuesto predial es una obligación anual que recae sobre los dueños de propiedades urbanas y rurales. En el caso de los adultos mayores, este impuesto puede representar una carga significativa, motivo por el cual se implementó la medida de exoneración. Gracias a esta política, dicha población vulnerable puede acceder a una reducción o eliminación del monto que deben pagar por sus propiedades, lo que les permite tener un respiro económico.

Requisitos para acceder a la exoneración
Para poder beneficiarse de la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por el gobierno peruano. En entrevista con Agencia Andina, Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), los principales requisitos son los siguientes:
- Edad: La persona solicitante debe ser mayor de 60 años.
- Propiedad única: El adulto mayor debe ser dueño de una única propiedad, la cual debe estar registrada a su nombre o al de la sociedad conyugal.
- Uso de la propiedad: El inmueble debe ser destinado principalmente a la vivienda del titular, aunque puede tener otros usos parciales siempre que estén aprobados por la municipalidad.
- Ingreso limitado: Los ingresos brutos mensuales del solicitante no deben superar el equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo que corresponde a aproximadamente 5.350 soles.
Una vez cumplidos estos requisitos, los adultos mayores pueden proceder con la solicitud ante la municipalidad de su distrito o provincia, dependiendo de la ubicación del inmueble. Además, es importante tener en cuenta que el autovalúo de la propiedad no debe superar las 50 UIT, lo que equivale a aproximadamente 267 mil 500 soles. En caso de que el valor del inmueble sea superior a esta cifra, el adulto mayor solo deberá pagar la diferencia del impuesto predial.

¿Cómo solicitar la exoneración del impuesto predial?
Para acceder al beneficio de la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben presentar una solicitud ante la municipalidad de su distrito. El proceso comienza cuando el interesado se acerca a la oficina correspondiente del municipio, donde debe entregar una serie de documentos requeridos para poder procesar su solicitud.
Entre los documentos necesarios se incluyen:
- El Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante o del representante legal, en caso de que la solicitud sea presentada por una persona distinta al titular de la propiedad.
- La última boleta de pago o algún otro documento que respalde la información económica del solicitante, como un estado de cuenta que demuestre los ingresos mensuales.
- Evidencia del predio: El solicitante debe presentar documentos que demuestren la propiedad del inmueble.
Es importante mencionar que una vez presentada la solicitud y la documentación requerida, la exoneración del impuesto predial no se aplica de manera inmediata. En su lugar, el beneficio entra en vigencia al año siguiente de haber presentado la solicitud, y deberá renovarse anualmente.

¿Cómo se calcula el impuesto predial?
El impuesto predial se calcula sobre la base del valor de los inmuebles, determinado a través del autovalúo, que es una estimación del valor comercial de la propiedad realizada por el propietario. Este autovalúo se ajusta a las tarifas y aranceles establecidos anualmente por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
El cálculo del impuesto predial sigue una escala progresiva, en función del valor del autovalúo. Si el valor del inmueble no supera las 15 UIT (aproximadamente 77.250 soles), el porcentaje a pagar será del 0.2%. Si se encuentra entre 16 y 60 UIT (de 77.251 soles a 267,000 soles), el impuesto se calculará al 0.6%. Finalmente, si el valor de la propiedad supera las 60 UIT (más de 257,500 soles), el impuesto será del 1%.
Para los adultos mayores que acceden a la exoneración, el beneficio consiste en la deducción de una parte del valor del autovalúo, lo que reduce significativamente la cantidad a pagar. Si el auto valúo de la propiedad supera las 50 UIT, el adulto mayor solo pagará la diferencia.

Renovación y administración del impuesto
Una vez que el adulto mayor obtiene la exoneración, este beneficio tiene una validez de un año, por lo que debe renovarse anualmente para seguir recibiendo el alivio tributario. El trámite de renovación es sencillo y debe realizarse en el mismo lugar donde se presentó la solicitud inicial, es decir, en la municipalidad correspondiente.
La administración y fiscalización del impuesto predial es responsabilidad de las municipalidades. Cada distrito tiene la autoridad para gestionar la recaudación y los procedimientos relacionados con este tributo. Por lo tanto, es esencial que los adultos mayores se informen y mantengan al día sus trámites para asegurar que sigan recibiendo los beneficios de la exoneración.
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