Una directora es despedida por mofarse del cáncer de una compañera: solicita un recurso, la Justicia se lo deniega y lo declara procedente

Una directora es despedida por mofarse del cáncer de una compañera: solicita un recurso, la Justicia se lo deniega y lo declara procedente

La dirigente contaba con antecedentes similares denunciados por otras empleadas Despido. (Freepik)

Una directora de un centro de láser ha sido despedida tras realizar comentarios vejatorios hacia una compañera diagnosticada de cáncer de pulmón. El cese se formalizó en enero de 2024 por la empresa Ourense Laser Group S.L. y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) lo declaró procedente tras desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora, Pilar. La sentencia, dictada el 30 de enero de 2025, considera acreditado que la empleada incurrió en una falta muy grave al dirigir expresiones ofensiva a una subordinada enferma y al ejercer un comportamiento hostil hacia otras compañeras.

“Piensa ahora lo que te vas a ahorrar en tintes”

Para indagar en el origen de los hechos, nos tenemos que remontar a octubre de 2023, cuando una de las trabajadoras del centro, Adela, fue diagnosticada con un cáncer. Poco después, denunció ante la empresa haber sido víctima de humillaciones por parte de Pilar, que, en ese momento, era la directora.

En un correo enviado el 4 de enero de 2024 detalló que Pilar se mofó de su patología con frases como: “Piensa ahora lo que te vas a ahorrar en tintes, “todo el mundo te viene abrazar porque tienes cáncer” o “te gusta hacerte la víctima y dar pena”. Asimismo, la afectada relató que sufrió presiones, insultos y ridiculizaciones que le provocaron una crisis de ansiedad por la que tuvo que acudir a urgencias.

La empresa despide a Pilar

La empresa, tras recibir el testimonio y comprobar la información aportada por Adela, despidió a Pilar. En la carta de cese se indicaban, además, antecedentes similares denunciados por otras empleadas del centro. Estas también manifestaron haber sido víctimas de comportamientos ofensivos, manipulación y acoso laboral. Una de ellas, incluso, había dejado su puesto un año antes tras comunicar por escrito que el trato que había recibido por parte de su responsable había afectado a su salud mental.

Asimismo, otra empleada renunció tras presentar captura de pantalla de un grupo de WhatsApp en el que la directora criticaba a compañeros e incitaba a los trabajadores a levantarse en contra de la empresa.

La directora impugna el despido y presenta una demanda

No obstante, parece ser que a Pilar esta decisión le pillo por sorpresa, consideró que era injusta, impugnó el despido y presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Ourense. Este organismo en junio de 2024 ya había declarado el despido procedente y ordenado a las tres empresas implicadas —Ourense Laser Group S.L., Coruña Laser Clinic S.L. y Aquaestética Consultores S.L.— abonar 802,31 euros a la exempleada en concepto de finiquito por conceptos salariales pendientes.

La trabajadora recurrió la decisión ante el TSXG, solicitando que se revisaran los hechos probados y alegando prescripción de las conductas atribuidas, así como una supuesta vulneración de sus derechos fundamentales. Sostenía que el despido era una represalia por las reclamaciones internas que había realizado en meses previos, incluyendo denuncias ante la Inspección de Trabajo por irregularidades en las nóminas. También pedía una indemnización de 15.000 euros por daños morales.

El tribunal rechaza sus argumentos

El tribunal, sin embargo, rechazó sus argumentos. En su sentencia, la Sala subraya que los hechos fueron conocidos por la empresa en plazo legal y que las expresiones ofensivas están probadas, tanto documental como testificalmente. Añade que no se ha producido ninguna vulneración de derechos significativos, ya que la causa del despido se sustenta en “conductas acreditadas de suficiente entidad”, consistentes en humillaciones hacia una compañera en situación de vulnerabilidad y en la alteración del clima laboral del centro.

Fuente

Infobae.com

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