¿Y el proyecto de aborto prometido por el gobierno? El trámite en Contraloría que espera el Ejecutivo para presentarlo

¿Y el proyecto de aborto prometido por el gobierno? El trámite en Contraloría que espera el Ejecutivo para presentarlo

En su última Cuenta Pública el Presidente Gabriel Boric lanzó uno de los anuncios más comentados de la jornada: su compromiso de presentar, durante el segundo semestre de 2024, un proyecto de ley sobre aborto legal más allá de las tres causales. Con esto no solo daba forma a una de sus propuestas programáticas más llamativas, sino que abría un intenso debate. “Buscamos consagrar una de las luchas más emblemáticas de los movimientos feministas: el derecho al aborto legal, libre, seguro y gratuito”, se leía en su programa. Lo que cambiaba en esta oportunidad es que el Mandatario ponía sobre la mesa un plazo.

Pero la pregunta que surgió con el pasar de las semanas es qué tan claro estaba el momento específico dentro del “segundo semestre” en el que se materializaría este compromiso, duda que se encargó de aclarar la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, quien además es quien lidera este proyecto de ley. “He dicho en cada una de las entrevistas que en diciembre (...) esa es la programación con la que estamos trabajando”, afirmó un mes después de la Cuenta Pública en diálogo con Estado Nacional de TVN.

El tema es que quedan ocho días para que termine diciembre -y con ello el segundo semestre- y aún no hay noticias del proyecto de ley que garantiza la interrupción del embarazo de manera voluntaria. Y aunque diversas fuentes de gobierno afirman que el texto está listo, desde la cartera que liderará su discusión sostienen que falta un trámite clave para enviarlo a alguna de las cámaras.

Consultados por La Tercera, en el Ministerio de la Mujer afirman que están “a la espera de la resolución de Contraloría (CGR) que sobre la modificación al reglamento de las tres causales (ingresado en mayo, un día antes del anuncio). Nuestro principal objetivo es garantizar la correcta implementación de la Ley 21.030, por lo que esperamos la respuesta de la CGR antes de avanzar con la presentación del proyecto de ley”.

Y es que 24 horas antes del anuncio de Boric, el Ministerio de Salud ingresó un escrito para modificar el decreto supremo que aprueba el reglamento para ejercer la objeción de conciencia en la ley que regula la interrupción voluntaria del embarazo (Ley IVE) -norma 21.030- en tres causales: riesgo materno, inviabilidad fetal y violación.

En tal sentido, la aplicación de la Ley IVE ha estado marcada por dos aspectos claves: la garantía de acceso al aborto por parte de la paciente, y la objeción de conciencia como prerrogativa del personal de salud para negarse a practicar el procedimiento. En ese contexto, las modificaciones enviadas por la cartera sanitaria apuntan a favorecer a aquellos que no se oponen al procedimiento y asegurar el procedimiento para quienes lo busquen, con distintas medidas para promoverlo.

Texto en revisión

De acuerdo con Contraloría, el nuevo reglamento sigue en tramitación y aún no tiene fecha de término. En este contexto, se abre la posibilidad de que la presentación del proyecto de ley no ocurra dentro de los próximos ocho días, lo que indefectiblemente implicaría no cumplir con el plazo autoimpuesto por el Ejecutivo.

En concreto, el reglamento que se está estudiando busca mejorar la implementación de la ley vigente. Por ejemplo, quienes decidan no realizar la interrupción deberán dejar su decisión manifestada por escrito antes de la recepción de una solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, con el objetivo de elaborar un formulario. Con esta información, “los jefes de servicios y unidades vinculados a la ginecoobstetricia tendrán acceso al listado actualizado mencionado en el inciso anterior, para favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de los turnos. Igualmente, tendrá acceso el personal administrativo que participe en la distribución y asignación de la atención de salud“, detalla el documento.

Asimismo, el texto recalca que “los establecimientos públicos de salud deberán contar con personal sanitario idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación. Para tales efectos, el establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo”.

En las modificaciones también se añade que las pacientes deberán ser informadas si el profesional es objetor, tanto para el procedimiento como para las consultas generales.

Otro cambio importante es que con el objetivo de informar adecuadamente a la población, todos los establecimientos de salud, públicos o privados, que ofrezcan servicios de atención ginecológica y obstétrica, deberán exhibir en un lugar público y visible los derechos consagrados en la ley, incluido el derecho de acceso a la información sobre la calidad de objetor de conciencia del médico tratante y las instancias de reclamo disponibles.

Fuente

LaTercera.com

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